El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ampliará hasta el 31 de diciembre el plazo de presentación de solicitudes para poder percibir el Ingreso Mínimo Vital con efectos retroactivos a fecha 1 de junio. Además, se aumenta el plazo de resolución, que en un principio se había establecido en tres meses.
Así lo ha anunciado esta semana el ministro, José Luis Escrivá, en varias entrevistas en medios de comunicación. De este modo, todas aquellas personas que soliciten la prestación antes de que acabe 2020 y les sea concedida, la cobrarán con efectos económicos desde el 1 de junio.
Además, con la ampliación del plazo de resolución, nadie que haya presentado una solicitud del IMV y no haya recibido respuesta deberá reclamarla o presentarla de nuevo, su petición no será desestimada por silencio administrativo en las próximas semanas (el plazo de solicitud se abrió el 15 de junio, hace justo tres meses).
Por último, está previsto también flexibilizar el requisito de estar inscrito en el SEPE. En un principio, todas aquellas personas desempleadas que soliciten el IMV tendrán que estar inscritas en los Servicios Públicos de Empleo como requisito previo, este precepto pasará a ser una obligación posterior a la solicitud.
Desde un primer momento, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), entidad encargada de la gestión de esta nueva prestación, trabaja en una mejora constante de los procedimientos para agilizar su tramitación como la utilización de robots (software) para automatizar tareas operativas o de gestión del IMV, acuerdos con ayuntamientos para que estos aporten directamente la información referida al padrón municipal, protocolos de intercambio de información con las comunidades autónomas y cruce de datos con la Agencia Tributaria sobre renta y patrimonio para incorporarlas a las solicitudes. Puede conocer estas medidas en este enlace.