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El Gobierno ha aprobado este recientemente la reforma del Reglamento de Extranjería, con la que se pretende facilita la incorporación de los extranjeros al mercado de trabajo. Así como agilizar y simplificar algunos tramites que hasta ahora se habían convertido en laberintos burocráticos.
¿Cómo afectará a los extranjeros que ya están en España?
Para facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas que están en España, se realizan tres modificaciones. En primer lugar, se mejora la normativa para favorecer la permanencia de los estudiantes. En este ámbito, se permite que los y las estudiantes compaginen trabajo y formación, siempre que sean compatibles con los estudios realizados y no superen las 30 horas semanales. Además, se eliminan las restricciones a la incorporación de los estudiantes al mercado laboral tras la finalización de los estudios ya que hasta ahora era necesaria una estancia de tres años en España para poder obtener un permiso de trabajo.
En segundo lugar, se actualizan las figuras de arraigo. En el caso del arraigo laboral, se limita la figura preexistente para personas que se encuentran en situación irregular pero han realizado una actividad laboral en situación regular durante los dos últimos años. Así mismo, se crea una nueva modalidad de autorización que fomenta la figura del confidente y la lucha contra la economía sumergida, mediante la acreditación de 6 meses de trabajo irregular.
Para obtener papeles por arraigo social se mantienen también los tres años exigidos de estancia en España, pero el contrato que se exige no deberá tener ya una duración mínima de un año (con la reforma laboral se presume indefinido), sino garantizar el salario mínimo. El contrato podrá ser de menos horas si se acreditan menores a cargo y se flexibiliza la posibilidad de presentar varios contratos.
En tercer lugar, la reforma incluye una nueva figura de arraigo por formación, que concede una autorización de residencia por un periodo de 12 meses a las personas extranjeras que han permanecido en España de forma continuada durante un periodo mínimo de dos años si se comprometen a realizar una formación reglada para el empleo. La figura, inspirada en el ‘duldung’ alemán, puede ser prorrogada por otros 12 meses.
¿Qué pasará con la reagrupación familiar?
Según la reforma aprobada por el Gobierno, las autorizaciones de residencia por reagrupación familiar habilitarán para trabajar por cuenta ajena y propia.
La reforma crea un régimen propio del familiar del ciudadano español que desea mantener en España su unidad familiar y también se flexibilizan los requisitos de reagrupación familiar cuando afectan a menores, o a personas con discapacidad o en situaciones de vulnerabilidad.
¿Qué novedades hay para la migración regular?
En cuanto a las medidas de refuerzo de la migración regular, la normativa incorpora tres novedades. En primer lugar, una racionalización de los requisitos exigidos para las personas trabajadoras autónomas procedentes de terceros países; en segundo lugar, una mejora de los trámites de contratación en origen mediante la incorporación automática al Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura de aquellas ocupaciones pertenecientes a los sectores económicos que se determinen; y tercero, una reducción de plazos.
Finalmente, la normativa también mejora el modelo de migración circular, dotando de mayor estabilidad a trabajadoras y empresas y reduciendo las cargas administrativas. En este sentido, las autorizaciones serán plurianuales y habilitarán a trabajar 9 meses al año durante 4 años y este modelo podrá ser utilizado por cualquier sector en el que exista déficit de trabajadoras.
Por último, el Real Decreto también incorpora mejoras en la gestión administrativa mediante la reducción de cargas y la creación de la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería (UTEX), de forma que se agilicen los trámites, se avance hacia la ventanilla única y se homogeneice la aplicación de la normativa de extranjería en todos los territorios. Además, la reforma también introduce mejoras en la tramitación en las Oficinas Consulares.
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¿Qué dicen los principales sindicatos?
En un comunicado conjunto, los sindicatos creen que la reforma es «precipitada» por «no haberse producido un marco real de negociación en el ámbito del diálogo social como si se produjo en 2004 y 2011», al tiempo que consideran que satisface «de manera casi inmediata las supuestas necesidades de sectores laborales que dicen requerir incorporación urgente de personas migrantes».
Entre los aspectos a valorar en la reforma, citan «la transformación de la autorización de estancia para extranjeros y extranjeras por motivos de estudios» que califican de «una suerte de autorización para trabajar por causa de formación, que supone pervertir la figura del estudiante extranjero y transformarlos en un pre trabajador o trabajadora sin importar el promocionar o facilitar la fuga o drenaje de cerebros desde los países de origen y, de paso, volviendo inútil la consideración de la situación nacional del empleo».
También consideran «sospechosa la figura del arraigo por motivos de formación, que supuestamente permitirá el acceso a la documentación a través de una formación previa en España y dirigida a satisfacer lagunas laborales de determinados sectores»; y la determinación de la situación nacional de empleo a través del catálogo de ocupaciones de difícil cobertura que creen que «sufre una ‘reforma interruputus’, puesto que no se abarca una reforma meditada en su totalidad de los elementos que deben configurar un mecanismo ágil, eficaz y realista para evaluar las necesidades reales del mercado de trabajo español».