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Recientemente el Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de la norma con la que busca “garantizar el derecho a la conciliación”.
¿Cuáles son las novedades?
A continuación te contamos en detalle todas las novedades que trae consigo el anteproyecto de ley de Familias.
Tres nuevos permisos de conciliación
En cuanto a la conciliación, se crean tres nuevos permisos:
- Uno es de hasta cinco días al año para atender a un familiar de hasta segundo grado o conviviente, y que será retribuido. Se podrá utilizar en los casos de «accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo», según informa el Ministerio de Belarra.
- El segundo es un permiso por ausencia o de fuerza mayor familiar que requiera atención inmediata. Será de hasta cuatro días retribuidos al año y se podrá disfrutar también por horas. Por ejemplo, cuando un hijo esté enfermo.
- El tercer permiso, a diferencia de los anteriores, no es remunerado. Es uno de ocho semanas al año que se podrán coger hasta que el hijo cumpla los ocho años. Se podrá utilizar de forma continua o discontinua y está pensado para, por ejemplo, usar en los periodos de adaptación de las guarderías o cuando los niños no tienen clase, como son los meses de verano o los de diciembre y enero, y los padres no tienen tantas vacaciones.
Extensión del cheque de 100 euros
Se trata de una prestación que únicamente pueden acogerse madres trabajadoras y que supone 100 euros al mes hasta que el hijo cumple tres años. Pues con la nueva ley, se amplía a mujeres que se quedaban fuera. La percibirán ahora también las que tienen una prestación por desempleo, contributiva o no y también a las que, sin reunir los requisitos previamente coticen 30 días a partir del parto. Lo mismo para que las tienen un empleo a tiempo parcial o temporal.
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Nuevas familias numerosas: se incluyen las monoparentales
La Ley de Familias amplía el concepto de «familias numerosas» para reconocer como tal a las familias monoparentales con dos hijos.
También tendrán esta consideración «las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos y las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.
Tendrán categoría especial de familias numerosas las de cuatro hijos, en vez de cinco, así como las que tienen tres hijos en caso de parto múltiple, en lugar de cuatro, y las familias con tres hijos y bajos ingresos (el baremo es hasta llegar el 150% del IPREM, que son 868 euros mensuales).
Subsidio por nacimiento
Por otra parte, se extenderá el subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo a adoptantes y familias de acogida, se ampliará la pensión de orfandad un año, hasta los 26 y el permiso por cuidado de menor con cáncer o enfermedad grave hasta los 26 años en caso de discapacidad.
Por último, en cuanto a los derechos de los menores, la Ley de Familias prohibirá que los padres impidan que sus hijos accedan a contenidos sobre «diversidad familiar» en los centros escolares.