[tie_list type=»checklist»]
- Si quieres estar al día síguenos en redes: Facebook, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.
- Cuantas veces se puede cobrar el subsidio por desempleo
- ¿Cuánto se cobra por el subsidio de desempleo con hijos a cargo?
- Oferta empleo Paradores
[/tie_list]
En este artículo vamos a ver las ayudas a parados de larga duración de los Servicios Sociales y las ayudas de emergencia social.
Ayudas para parados de larga duración de los Servicios Sociales: Rentas Mínimas de Inserción
Las Rentas Mínimas de Inserción son ayudas que dependen de las Comunidades Autónomas.
La Renta mínima de Inserción (RMI), es una ayuda social que reciben aquellas personas que no tienen los ingresos mínimos necesarios para cubrir sus necesidades básicas para la vida cotidiana.
Los requisitos para acceder a estas ayudas son las siguientes:
- Estar empadronado en la comunidad autónoma donde se solicita.
- Tener entre 25 y 65 años.
- Haber solicitado prestaciones y pensiones a las que se pueda tener derecho antes de esta.
- Escolarización obligatoria de los menores a cargo.
Duración
Varía en función de cada Comunidad Autónoma. En algunas comunidades esta ayuda se recibe durante 6 meses, y otras durante un año.
Cuantías
Variarán en función de la composición de la unidad familiar, de los hijos menores a cargo, personas dependientes o con alguna discapacidad.
¿Dónde puedo solicitarla?
Lo ideal es acudir a los Servicios Sociales comunitarios de nuestra zona, donde los profesionales nos atenderán y nos proporcionarán las claves necesarias para realizar el trámite.
Si quieres recibir mas artículos como este, síguenos en redes: Facebook, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.
De Emergencia Social
El Gobierno ofrece una ayuda económica de carácter extraordinario para socorrer a las familias que en un momento dado estén pasando por algún problema.
Situaciones de emergencia
Para esta ayuda se consideran situaciones de emergencia las que se relacionan a continuación:
- Gastos imprescindibles para el uso de la vivienda habitual.
- Gastos excepcionales en los que concurran circunstancias de grave o urgente necesidad social y que se consideren de interés para la atención de personas con importante problemática.
- Gastos destinados a cubrir necesidades básicas
- Desplazamientos siempre que se justifique la necesidad de transporte para recibir un tratamiento médico urgente o para la realización de acciones que mejoren la ocupabilidad de las personas desempleadas.
Requisitos para acceder
Los requisitos que deben cumplirse para acceder a esta ayuda son los siguientes:
- Que el beneficiario no disponga de ingresos suficientes para afrontar los gastos derivados de la situación de emergencia.
- Que la renta per cápita anual de los miembros de la unidad familiar o de convivencia a la que pertenezca el solicitante no exceda del 100% del IPREM vigente, en cómputo anual con doce pagas.
- Que disponga del informe técnico en el que se determine la necesidad de la acción objeto de la ayuda y se haga constar que se han agotado todos los recursos existentes encaminados a resolver la necesidad, por los servicios técnicos municipales.
¿Cómo solicitarla?
Para solicitar esta ayuda debes acudir al Centro de Servicios Sociales de tu lugar de residencia.
Dependiendo de la localidad tienes que tener en cuenta que puede ser necesario solicitar previamente una cita para que te puedan atender.