Si te interesa saber cómo puedes solicitar los nuevos permisos de conciliación familiar de ocho semanas, en este artículo te lo explicamos.
El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 29 de junio una serie de ampliaciones para los permisos de paternidad y maternidad, así como un nuevo marco de permisos de cara a la conciliación de la vida laboral y familiar. Son algunas medidas que estaban previstas en la Ley de Familias, cuya aprobación fue interrumpida tras la convocatoria de las elecciones generales del pasado 23 de julio.
Estas nuevas medidas llevan en vigor desde su publicación en el BOE, incluyen disposiciones importantes en materia de conciliación familiar y permisos laborales.
Nuevos permisos de conciliación familiar
El texto legal contempla una serie de permisos laborales entre los cuales se incluye un permiso laboral de ocho semanas en materia de conciliación familiar, así como permisos destinados al cuidado de familiares, según lo dispuesto en el BOE y por el Ministerio de Trabajo:
- Permiso parental de 8 semanas hasta los 8 años del menor, que podrá aplicarse de forma continua o discontinua.
- Derecho de adaptación de la jornada laboral de las personas con dependientes a cargo para aquellas personas que acrediten deberes de cuidado respecto de los hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado del trabajador, así como de otras personas dependientes cuando, estas últimas, convivan en el mismo domicilio, y que no puedan valerse por sí mismas.
- Permisos de cinco días por accidente o enfermedad graves de una persona conviviente en el mismo domicilio. Así como familiares consanguíneos del afectado y parejas de hecho.
- Permisos de cuatro días por causa de fuerza mayor por motivos familiares urgentes e imprescindibles, siendo necesaria la demostración de la necesidad de presencia inmediata. Esto incluye dos días de permiso en caso fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho.
- Reducción de jornada: disponible para personas responsables del cuidado directo de un familiar o pareja de hecho. Se amplía este derecho para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave, cuando el grado de discapacidad supere el 65%. Siempre que esta condición se acredite antes de cumplir los 23 años.
- Permiso de 15 días naturales en caso de registro de pareja de hecho.
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Cómo solicitar estos nuevos permisos de conciliación familiar
Los permisos, que se encuentran ya en vigor, pueden solicitarse en la empresa con la consiguiente justificación que acredite la necesidad y el cumplimiento de los requisitos contemplados por la ley. Según informa el Ministerio de Trabajo, «en caso de negativa de la empresa, deberá justificar esta oposición o, en su caso, una eventual solución alternativa».
Desde el Ministerio recuerdan que «el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de sus derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral será constitutivo de discriminación por razón de sexo».