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Poco a poco vamos entrando de lleno en la época navideña, y una de las tradiciones por excelencia es la Lotería de Navidad. Pero, muchas veces, la Lotería puede convertirse en un problema legal.
Es por eso que, en este artículo, te voy a dar algunas claves que debes saber para que la Lotería no se convierta en tu pesadilla esta Navidad.
¿Dónde comprar décimos online?
La OCU aconseja que el décimo se compre en páginas oficiales de una administración de lotería autorizada para evitar fraudes.
También los puedes comprar en la web de Loterías y Apuestas del Estado.
Una vez que compres el décimo online, recibirás un comprobante electrónico, que tendrá la misma validez legal que el décimo en papel y acredita que eres su propietario.
¿Qué puedo hacer si pierdo o me roban el billete?
En caso de pérdida o robo del décimo es fundamental acudir a una comisaría de la Policía Nacional o a la Guardia Civil para denunciar.
En la denuncia se debe hacer constar el mayor número de datos posible y todas las circunstancias del hecho, así como aportar posibles pruebas como fotos o fotocopias del décimo en las que se identifique claramente el documento número, serie y fracción.
¿Y si se me ha estropeado o dañado un décimo premiado?
En este caso, tendrás que enviarlo a la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, que determinará si se puede cobrar el premio.
Y si el décimo está irreconocible, será la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre la que tome la decisión.
Me he encontrado un décimo ¿lo puedo cobrar?
Pues siento decirte que no. De cobrarlo o no, estarías cometiendo un delito de apropiación ilícita previsto en el artículo 254 Código Penal, que contempla una pena de multa de tres a seis meses para quien se apropie de una “cosa mueble ajena”.
Si además cobras el décimo, tendrás que devolver la totalidad del importe del premio, deducida en su caso la retención del impuesto correspondiente más los intereses devengados.
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Décimos compartidos: todo lo que debes saber
¿Quién puede cobrar los décimos compartidos de lotería?
Los décimos con los que se participa en el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad son documentos al portador. Sólo la persona que tiene el billete físico puede ser tratado como el poseedor a la hora de su cobro en una administración o entidad bancaria.
¿Cómo acreditar que un décimo es compartido?
Lo recomendable es justificar por escrito en un papel que el décimo es propiedad de varias personas.
Se tendría que aportar los siguientes datos:
- Nombres de los participantes
- Cantidad jugada
- Fotocopia de DNI de cada uno de los participantes
- Fecha y foto del décimo por el anverso y el reverso
De esta manera se evita cualquier problema y supone un respaldo legal en caso de que cualquier reclamación pueda acabar por la vía jurídica.
¿Cómo funciona la fiscalidad de los décimos compartidos?
Aunque los premios son exactamente iguales, la fiscalidad de los décimos compartidos es distinta a la de un décimo de una única persona. Es decir, se tributa igual, pero se practican las retenciones por separado.
Es Loterías y Apuestas del Estado quien se encarga de ingresar el porcentaje de retención correspondiente en Hacienda y entregar a cada uno de los titulares del décimo la cantidad que les corresponda en función de su porcentaje de participación.
Lo más recomendable es que todos los ganadores acudan a cobrar el premio. Esta es la mejor manera de acreditar que el premio es compartido. A la hora de cobrar el décimo, hay que identificar en el banco a cada ganador y su porcentaje de participación.
Si el premio es inferior a 2.000 euros se puede cobrar en cualquier punto de venta de la red de Loterías. A partir de esa cifra, hay que hacerlo en una de las entidades bancarias colaboradoras, que se puede encontrar en la web de Loterías y Apuestas del Estado.
Y, por último, debes tener en cuenta que Hacienda retiene automáticamente el 20% de la parte del premio que exceda del mínimo exento de 40.000 euros por cada décimo, no por cada persona agraciada. Es decir, se descuenta el impuesto y después se reparte la cantidad neta entre los partícipes. El premio no se declara en el IRPF, los rendimientos que genere, sí.
¿Qué ocurre con los décimos premiados en caso de matrimonio o convivencia similar?
En este sentido, nos podemos encontrar ante varios supuestos:
- Pareja en régimen de gananciales: da igual quién compre el décimo, ya que el premio se reparte por mitad.
- Matrimonio en régimen de gananciales en trámites de separación o divorcio: el décimo premiado es íntegro para quien lo haya comprado si se puede acreditar que este está en trámite o la separación ha sido estable en el tiempo.
- Pareja en régimen de separación de bienes: el dinero es para quien haya adquirido el décimo.
¿Qué pasa si mi pareja se queda con el dinero del premio?
La OCU asegura que es un conflicto bastante común en situaciones de ruptura. Es conveniente saber que, si el matrimonio es en gananciales, se reparte el 50% para cada uno. Por el contrario, si el régimen económico es de separación de bienes, el premio es del que lo ha comprado, salvo que se pueda acreditar que se ha adquirido a medias.