Los subsidios y prestaciones del SEPE en 2021
Percibo una prestación o subsidio del SEPE ¿es compatible con otras ayudas o con el trabajo?
He finalizado mi contrato y tengo dos tiempos cotizados, ¿Tengo que escoger o se acumulan?
Es habitual que llamemos “paro” a cualquier ayuda que provenga del SEPE, sin embargo, debemos de diferenciar entre los distintos tipos de subsidios y la prestación por desempleo contributiva que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece.
Solo así podremos distinguir bien cada una, y podremos conocer las cuantías máximas y mínimas que establecen.
A continuación, veremos los datos de cada ayuda incluida en el catálogo del servicio de empleo y como pueden variar sus cuantiás.
Prestación por desempleo contributiva
Cada situación será diferente, por lo que el importe va a depender del tiempo cotizado, y calcularlo en función de la base reguladora. La base reguladora se refiere a la media de la base de cotización que el trabajador tuvo durante los últimos seis meses.
Durante los seis primeros meses de paro, el trabajador cobrará el 70% de su base reguladora. Pasado este tiempo, a partir del séptimo mes empezará a cobrar el 50% de esta.
También debes tener en cuenta que la prestación por desempleo establece unos topes máximos y mínimos.
- La prestación contributiva mínima sin hijos a cargo es el 80% del IPREM, o lo que es lo mismo, 527,24 euros.
- La prestación por desempleo mínima con uno o más hijos a cargo sería el 107% del IPREM, es decir, 705,18 euros.
- En el supuesto de haber trabajado a jornada parcial, el tope mínimo es de 263,50 euros sin hijos a cargo, y si se tiene hijos 352 euros.
En lo referente a las cantidades máximas de la prestación contributiva, estos son los topes que podrás cobrar:
- La prestación por desempleo máxima sin hijos a cargo será el 175% del IPREM, es decir, 1.153,33 euros.
- Con un hijo a cargo cobrarás el 200% del IPREM, que son 1.318,10 euros.
- Con dos o más hijos, la cuantía máxima será de 1.482,86 euros.
Subsidios por desempleo con cuantiás variables
En el caso de los subsidios por desempleo como: el subsidio por insuficiencia de cotización, el subsidio familiar o el subsidio para mayores de 45 años, se cobra por ley una cantidad fija todos los meses, que es el 80% del IPREM, es decir, 451,92 euros. Es importante que sepas que los 451,92 euros mensuales se cobrarán en los casos en que el último contrato del trabajador fuese a jornada completa.
Si el último contrato fue a tiempo parcial, el subsidio se cobrará de forma parcial en la misma proporción. Por ejemplo, si un trabajador tiene acumuladas cotizaciones durante seis meses y su último contrato de 15 días fue a media jornada, cobrará el 50% del subsidio por desempleo, es decir, 225,96 euros al mes.
Subsidios por desempleo con cuantiás fijas
- RAI (Renta Activa de Inserción): se cobran 451,92 euros al mes. Esta ayuda se concede durante 11 meses como máximo. La RAI se puede cobrar un máximo de 3 periodos.
- SED (Subsidio Extraordinario por Desempleo): se cobran 451,92 euros mensuales. Se podrá cobrar como máximo durante seis meses, sin posibilidad de prórrogas posteriores.
- Subsidio para trabajadores mayores de 52 años: se cobran 451,92 euros mensuales. Este subsidio se percibe mientras se cumplan los requisitos de acceso hasta la edad de jubilación, para mantenerlo es obligatorio presentar una declaración de rentas en el SEPE anualmente y cumplir con el compromiso de actividad entre otros requisitos.
- El subsidio de emigrantes retornados: se cobran 451,92 euros mensuales. Esta ayuda se concede durante seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses, si se mantienen los requisitos.
- Subsidio para liberados de prisión: se cobran 451,92 euros mensuales. Esta ayuda se concede durante seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses, si se mantienen los requisitos.
- Revisión de incapacidad: se cobran 451,92 euros mensuales. Este subsidio se cobrará durante seis meses prorrogables hasta un máximo de 18, siempre que lo solicites, reuniendo los requisitos que el SEPE requiera.
Por otra parte, también hay renta máxima para acceder a los subsidios que hemos mencionado, que es el 75% de SMI (Salario Mínimo Interprofesional). Si consideramos que el SMI este año es de 950 euros al mes, el tope de renta para estas ayudas será de 712,50 euros mensuales.