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El Consejo de Ministros ha aprobado en su ultima reunión y a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un Real Decreto por el que se crea el Sello de Inclusión Social, un distintivo que reconocerá a las empresas que promuevan la inclusión de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Con esta decisión se atiende, por un lado, a la disposición adicional primera de la ley 19/2021 del IMV, y por otro, se cumple con lo dispuesto en el componente 23 del Plan de Recuperación.
El Sello Social se concibe como una iniciativa de innovación en el ámbito de la colaboración público-privada y la responsabilidad social corporativa, y distinguirá a aquellas empresas y entidades que contribuyan al tránsito de las personas beneficiarias del IMV desde una situación de riesgo de pobreza y exclusión hacia la inclusión y la participación activa en la sociedad.
¿Qué empresas podrán solicitarlo?
El Sello se concederá a las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles públicas, empresas privadas, trabajadores por cuenta propia o autónomos, así como a las fundaciones que contribuyan a la creación de una sociedad más inclusiva. Para optar a dicho distintivo, las empresas tendrán que cumplir unos requisitos, entre ellos los de desarrollar medidas de inclusión social, encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, no haber sido sancionadas, no causar perjuicio al medio ambiente o disponer de un plan de igualdad.
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Tipologías del Sello
Este reconocimiento se podrá solicitar y obtener bajo diferentes tipologías:
- Acceso a bienes y servicios
- Apoyo a la infancia
- Inserción sociolaboral
- Digitalización
El sello tendrá una vigencia de tres años desde la resolución de la concesión transcurridos los cuales, si se quiere seguir manteniendo, se tendrá que volver a solicitar.
Consejo Consultivo
Por otro lado, el Gobierno ha dado luz verde también al Real Decreto por el que se regulan la organización y funciones del Consejo Consultivo del Ingreso mínimo vital. Se cumple así lo dispuesto en el artículo 34 de la ley del IMV, la creación del Consejo Consultivo del Ingreso Mínimo Vital como órgano de consulta y participación con las entidades o plataformas del Tercer Sector de Acción Social y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a nivel estatal.
Las funciones del Consejo Consultivo incluyen asesorar al Ministerio de Inclusión en la formulación de propuestas normativas y no normativas en relación con el IMV y en materia de inclusión, asesorar a la Comisión de Seguimiento, y cooperar en la implantación de estrategias de inclusión, entre otras.