Hay vida más allá del paro o Prestación por desempleo para el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El organismo dispone de diferentes ayudas para los desempleados que han agotado esta ayuda del Estado.
La cuantía de todas estas ayudas del SEPE para desempleados menores de 55 que no tienen derecho al paro es la misma: 480 euros al mes. Esta cifra equivale a un 80% del IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, que se actualiza cada año.
También es común el requisito de carecer de rentas. En concreto, no se pueden tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. A efectos prácticos, tus ingresos no podrán superar los 750 euros al mes.
Lo que cambia son los requisitos para acceder a estas ayudas según la edad y su duración. Y es que, el SEPE adapta estas ayuda extraordinaria por desempleo a diferentes perfiles y situaciones. Son las siguientes.
Subsidio por desempleo si tienes cargas familiares
Esta es la primera línea de defensa para quienes han agotado el paro y tienen responsabilidades familiares: pedir el subsidio por desempleo.
La ayuda por cargas familiares está destinada a personas con el cónyuge e hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad a su cargo. En estos casos, para determinar la falta de rentas se sumarán los ingresos de toda la unidad familiar dividida por el número de miembros.
La duración de la ayuda del SEPE a desempleados con cargas familiares es de 6 meses prorrogables por periodos semestrales. Estas ampliaciones dependen del número de meses que se cobró el paro y de la edad. Así se estructuran:
Los menores de 45 años con 4 meses de paro podrán percibir la ayuda durante 18 meses.
- Los menores de 45 años con 6 meses de paro podrán prorrogar la ayuda durante 24 meses.
- Los mayores de 45 años con 4 meses de paro podrán percibir la ayuda durante 24 meses.
- Los menores de 45 años con 6 meses de paro podrán percibir la ayuda durante 30 meses.
Ayuda del SEPE para mayores de 45 años
El subsidio para mayores de 45 años está dirigido a personas que superen esa edad, estén en desempleo y hayan agotado el paro.
La duración de ayuda en este caso es de seis meses.
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Renta Activa de Inserción, RAI
Quienes han agotado el paro y no tiene derecho al subsidio por desempleo pueden acceder a la RAI.
La renta activa de inserción también está disponible para desempleados de larga duración con más de 45 años de edad, personas con discapacidad, emigrantes retornados y víctimas de violencia de género, violencia sexual o violencia doméstica.
Como en los casos anteriores, hay que acreditar que tienen rentas superiores al 75% del SMI o se puede perder la RAI.
En el caso de la RAI, el SEPE vigilará más de cerca que se cumple con el compromiso de búsqueda activa de empleo y que se acuden a las formaciones y acciones de inserción.
La RAI se concede por un plazo de 11 meses.
Subsidio extraordinario por desempleo
Esta es la última barrera de protección. El subsidio extraordinario por desempleo es para personas que no tiene derecho a protección por desempleo a nivel contributivo o asistencial y que tampoco tienen la edad de jubilación.
Además, tampoco podrán pedirlo quienes ya se han beneficiado del Programa de Activación para el Empleo (PAE).
Esta ayuda tiene una duración de 180 días.
Subsidio para mayores de 52 años
Las personas mayores de 52 años pueden acceder a esta ayuda del SEPE que les pagará 480 euros al mes. Eso sí, esta ayuda no es universal y puede perderse si se supera el umbral de rentas del 75% del SMI. Eso sí, cobrar el plan de pensiones no cuenta como renta para el subsidio.
La duración de este subsidio se extiende hasta alcanzar la edad jubilación a los 66 años y 4 meses.
Además de estos subsidios del SEPE, existen otras ayudas para parados, como el Ingreso Mínimo Vital.