Prestación o subsidio del SEPE ¿cómo puedo calcular la cuantía que voy a percibir?
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Cada subsidio o prestación por desempleo tiene unas características y requisitos específicos al igual que una determinada duración. ¿Sabes cuánto dura cada uno? Hagamos un breve recorrido:
Prestación Contributiva por Desempleo
Coloquialmente llamado “cobrar el paro”. Pueden acceder a esta prestación las personas que hayan cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años. Su duración depende de las cotizaciones por desempleo que haya realizado en esos últimos 6 años, siendo el tiempo máximo de duración de la prestación 2 años.
Información, requisitos y como solicitar esta ayuda, pincha en el enlace.
Subsidio por Desempleo
Pueden acceder a esta prestación las personas que hayan cotizado un mínimo de 6 meses ó 3 meses en el caso de tener responsabilidades familiares. Su duración depende del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares:
- Si tiene responsabilidades familiares:
- El subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
- El subsidio durará 21 meses, si ha cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final).
- Si no tiene responsabilidades familiares: el subsidio durará 6 meses.
En el caso de las personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
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Subsidio por desempleo con responsabilidades familiares
Si la persona ha agotado su prestación contributiva y tiene responsabilidades familiares, puede acceder a un subsidio por desempleo con responsabilidades familiares por agotamiento de la prestación contributiva. Su duración es de 6 meses prorrogables por periodos semestrales en función de la duración de la prestación por desempleo que haya agotado y su edad:
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrá derecho a totalizar 18 meses.
- Cuando es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
- Cuando es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 30 meses.
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Renta Activa de Inserción (RAI)
Si la persona se encuentra en paro y no tiene derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo y cumple los requisitos necesarios puede obtener esta prestación durante 11 meses.
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Subsidio para mayores de 45 años
Está dirigido a personas trabajadoras que han agotado la prestación contributiva, tienen 45 años o más y no tienen responsabilidades familiares a su cargo (aunque con responsabilidades familiares también se puede solicitar). Su duración es de 6 meses. En el caso de las personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
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Subsidio mayores de 52 años
Está dirigido a personas mayores de 52 años que hayan agotado la prestación o subsidio por desempleo y cumplan los requisitos necesarios. Su duración es hasta los 65 años, edad en la que puede acceder a una pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
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Subsidio extraordinario por desempleo
Es el subsidio al que pueden acceder personas en desempleo total que estén en las siguientes situaciones: que hayan agotado los subsidios o sean parados/as de larga duración inscritos/as como demandantes de empleo a 1 de mayo de 2018 y hayan agotado las prestaciones, RAI y/o PREPARA y tengan cargas familiares entre otros requisitos. Su duración máxima del subsidio es de 180 días, es decir, 6 meses y no se puede percibir en más de una ocasión.
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