Hace unos días informamos desde nuestra plataforma sobre las nuevas concesiones de oficio para el ingreso mínimo vital.
A través de los avisos de los seguidores de nuestra web, supimos que la seguridad social había comenzado a enviar masivamente SMS a perceptores de la ayuda por hijo a cargo. Donde les notificaban que les habían concedido «de oficio» el IMV.
Lo que en un principio parecería una buena nueva, una vez indagamos un poco, pudimos ver que no era así.
Resoluciones del IMV erróneas
¿Cuál es el problema? En muchos casos el perceptor prefiere mantener la ayuda por hijo a cargo. Ya que la cantidad es mayor y por este motivo no ha solicitado el IMV. O que su situación es mejor este año que el anterior y que por esta causa no le pertenecería el IMV.
No olvidemos que se tienen en cuenta los ingresos de 2019, cosa incomprensible si tenemos en cuenta que la pandemia llegó al principio de 2020.
Pues bien, cuando una persona se encuentra con que le han concedido el IMV, y no cumple actualmente los requisitos o prefiere rechazarlo, se encuentra con que la Seguridad Social indica que, en ese caso, se le reclamará la cantidad que le ingresen de manera indebida.
No dejan opción para rechazarlo previamente, no les informan de cuándo les reclamarán el cobro que les realicen ni cómo se hará la devolución.
No podemos comprender cómo la administración está manejando esta situación de manera tan errática y caótica. Son numerosas las familias que cumplen los requisitos y llevan meses esperando una resolución. Y sin embargo, conceden de oficio el IMV a familias que en estos momentos no lo necesitan. Por no olvidar que están generando incertidumbre a dichas familias, y que acarreará más colapso en la Seguridad Social.
Persiste el atasco en la atención en la Seguridad Social
A la problemática que estas familias se están encontrando por la concesión indebida del IMV. Debemos añadir la continuada dificultad para contactar con la Seguridad Social.
Las líneas telefónicas continúan colapsadas y la tarea de ser atendidos por teléfono resulta casi imposible y desesperante.
En cuanto a la cita previa, utilizando la vía online puede ser un poco más fácil, aunque en ocasiones necesitemos trucos, como entrar en la web a primera hora de la mañana y a última, cuando se liberan las citas canceladas.
Eso sí, que podamos pedirla no significa que no tengamos que esperar semanas para poder acudir a las oficinas y ser atendido.
El Ministro Escrivá afirmó que con las nuevas modificaciones, se produciría una rápida descongestión de la administración y la resolución del IMV daría un gran acelerón. Hasta el momento no se ha cumplido, más bien al contrario, el colapso en las oficinas continúa. Y no parece que vaya a tomar un mejor rumbo.
Me han concedido el IMV por error
Si nos han concedido por error el IMV, no podemos contactar vía telefónica con el INSS y la cita previa queda lejos, ¿Qué más podemos hacer?
Ante estos casos, la Seguridad Social dispone de un formulario para que los ciudadanos puedan reportar estos errores. Se trata de un formulario el cual podremos rellenar online y exponer la motivación del recurso o comunicación y lo que solicitamos.
Para realizar esta comunicación deberemos acceder a la presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones
Este tramite se puede realizar con certificado digital, usuario y contraseña Cl@ve o sin certificado.
En nuestra web contamos con un tutorial en el que mostramos el paso a paso de la solicitud.
Lo más importante que debemos tener en cuenta es la exposición de nuestros motivos para realizar dicha comunicación y la documentación acreditativa de nuestra situación que debemos aportar.
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En el recuadro llamado “observaciones”, tendremos que explicar que se nos ha concedido el IMV de oficio sin haberlo solicitado y que no queremos ser beneficiarios de esta prestación. Es recomendable que especifiquemos el motivo de nuestro rechazo a la prestación: si es por ser beneficiario de prestación por hijo a cargo y que se prefiere continuar con esta. O porque actualmente no cumple los requisitos estipulados para recibirla.
No olvidemos detallar al final la documentación que vamos a adjuntar
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Es importante adjuntar documentación que acredite nuestra situación actual. No hay una documentación obligatoria o concreta que aportar, sino aquella que consideremos necesaria. Como por ejemplo: una declaración jurada de ingresos de 2020, declaración de la renta, contratos de trabajo, justificante de ayudas o prestaciones que se perciban, etc.
A partir de aquí, tendremos que esperar a que nos resuelvan nuestra solicitud. Aun así, es recomendable que tratemos de contactar mediante la vía telefónica y solicitar la cita previa. Ya que en ocasiones puede acelerar el procedimiento de subsanación del error.
Esperamos que pronto la prestación del Ingreso Mínimo Vital comience a rodar con buen ritmo y que los colapsos en la administración y los tiempos de espera se reduzcan. Aunque por lo pronto, tendremos que armarnos de paciencia.