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Ir al supermercado es toda una aventura. Tanto económicamente como en lo que a novedades se refiere, lo cierto es que la clásica idea de ir a hacer la compra es cada vez más lejana. Al menos, si echamos la vista atrás hasta hace tan solo un par de años.
¿De qué novedades estamos hablando?
Desde el 1 de enero de 2023, los clientes pueden llevar sus propios tápers en todos aquellos establecimientos que vendan productos a granel. Así lo indica el Artículo 9 del Real Decreto 1055/2022. Entra dentro del apartado de «medidas de reutilización», ideado con el fin de reutilizar envases usados dentro del carácter económico.
Publicado en el BOE, el Real Decreto confirma lo siguiente: «Todos los establecimientos de alimentación que vendan a granel alimentos y bebidas, deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables (bolsas, táperes, botellas, entre otros) adecuados para la naturaleza del producto adquirido y debidamente higienizados, siendo los consumidores los responsables de su acondicionamiento y limpieza.»
No cualquier táper o utensilio similar será válido para comprar a granel
La ley deja claro que el comerciante, en el caso de que compruebe que está sucio o no es adecuado, lo podrá rechazar. Por lo tanto, los clientes no podrán usarlo para efectuar sus compras.
Además, entre sus funciones destaca la de informar sobre las condiciones de limpieza e idoneidad del recipiente al consumidor. De este modo, los comerciantes quedarán exentos de los problemas de seguridad higiénica o alimentaria que pudieran surgir del uso de recipientes aportados por los consumidores.
Pese a contar con detractores, lo cierto es que este tipo de venta cuenta con numerosos beneficios. Entre ellos, encontramos el poder escoger la cantidad exacta que se desea de un producto o seleccionar los de mejor calidad.
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Alimentación mas sana
Asimismo, hay quienes indican que los alimentos que se adquieren serían más sanos que los que se compran en otros sitios. La principal razón es que estos alimentos serían más naturales y contendrían menos aditivos que aquellos que deben ser envasados.
El BOE también recoge una medida que afecta a todos los comercios minoristas que cuenten con una superficie útil, igual o superior, de 300 metros cuadrados. En su caso, este tipo de establecimiento estará obligado a asegurar la disponibilidad de envases reutilizables para el consumidor. Ellos mismos serán los encargados de ofrecerlos gratuitamente o cobrando por ellos.
La inclusión de estas medidas aboga por el consumo responsable y respetuoso. De este modo, se pretende reducir el impacto negativo de los españoles sobre el medio ambiente.