En las últimas horas hemos recibido varios avisos de nuestros usuarios sobre un nuevo estado de solicitud del Ingreso Mínimo Vital (IMV), en el que aparece: “Pendiente de recibir o revisar la documentación complementaria solicitada”.
En un principio, su significado puede resultar evidente; nos han pedido más documentación y están a la espera de ella. El problema viene cuando no nos han solicitado documentación alguna.
La mayoría de las personas que nos están consultando sobre este nuevo estado nos afirman que no les han requerido nada. Y por tanto, no entienden qué deben de hacer a continuación.
Según nos explican desde la seguridad social, esto puede ser un indicativo de que el INSS este cruzando datos con otras administraciones, como la Agencia Tributaria.
Por lo que sabemos hasta ahora, es probable que tengamos que esperar a que nos llegue una notificación con la documentación adicional que necesitan, en caso de que así sea. Hasta ese momento, no podremos solucionar nada.
También cabe la posibilidad de que sea un error, ya que no sería la primera vez que ocurre que los estados que aparecen en la sede electrónica de la Seguridad Social no concuerdan con la resolución que nos llega a través de notificación.
Estados no vinculantes
Queremos recordar que los estados que la sede electrónica nos indica no son vinculantes, lo que significa que no es una respuesta definitiva. La resolución firme es la que recibimos a través de la notificación oficial por carta o email.
Anteriormente ya hemos hablado sobre las notificaciones masivas que se están dando desde la Seguridad Social, las cuales nos están creando mayor incertidumbre de la que nos quita. Y no hace más que saturar de nuevo las centrales de consultas y las administraciones, ya que, como es lógico, los usuarios no comprenden los nuevos estados que les aparecen y que no están explicados.
También hemos hablado en otros artículos sobre el falso avance en la tramitación de las solicitudes, y del alto porcentaje que aún se encuentra a la espera de una respuesta. Es por ello que nos hace pensar que este nuevo estado se emplea para ganar tiempo extra con respecto a la resolución, amparándose en la supuesta documentación requerida. Así, la administración dispondrá de tres meses extra, para resolver expedientes sin faltar a los plazos establecidos. Siendo un total de 6 meses máximo, desde la recepción de la solicitud hasta la resolución.
Sea cual sea el motivo de estas idas y venidas con los nuevos estados del IMV, lo que si tenemos en claro es que hasta que no recibamos la notificación, no hay nada que se pueda hacer.