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Cuando vamos a comprar Lotería de Navidad existen diversas formas de hacerlo: puedes adquirir décimos enteros, participaciones en las que se aporta una proporción del coste de la papeleta en función de las personas que participan en el reparto o se pueden también compartir los décimos. La pregunta es ¿es legal la reventa de Lotería de Navidad?
Sigue leyendo porque lo vemos en este artículo.
Está prohibida la reventa de la Lotería de Navidad
Según el artículo 2 de la Instrucción General de Loterías, se declara prohibida la reventa de los décimos con sobreprecio, castigando esta reventa con arreglo a la legislación vigente en materia de contrabando y defraudación.
Además, el artículo 8 del mismo reglamento señala que la venta de billetes sólo podrá efectuarse en las Administraciones de Loterías legalmente establecidas, cuyos titulares, si lo estiman necesario, podrán valerse de vendedores autorizados que exclusivamente dependan de los mismos.
Esto quiere decir que, a no ser que se cuente con la autorización de Loterías y Apuestas del Estado, no se podrá comprar un décimo de lotería y revenderlo con un sobreprecio.
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Autorización de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE)
Para que una organización pueda distribuir lotería con recargo debe solicitarle un permiso previo a la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE). Asimismo, en ningún caso podrá añadir un sobrecoste mayor del 20%.
Sanción por revender un décimo de Lotería sin autorización
El colectivo de Técnicos del Ministerio de Economía y Hacienda (Gestha), especificó en un comunicado que la venta de un décimo premiado de la Lotería de Navidad a posibles defraudadores interesados en blanquear dinero podría conllevar como sanción el pago de hasta más de la mitad de todo lo ganado.
Por su parte, el comprador del décimo sólo pagará a Hacienda por el sobreprecio de la compra.