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- Cobro el Ingreso Mínimo Vital ¿Cómo hago la declaración?
- Así funciona la compatibilidad del ingreso mínimo vital con los ingresos procedentes de rentas del trabajo
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¿Quieres saber qué significa la nueva notificación de la Seguridad Social sobre el Ingreso Mínimo Vital? Ésta afecta a la declaración de la Renta 2022. A continuación te lo contamos.
Con el inicio de la campaña para la presentación de la declaración de la renta 2022, la seguridad social ha avisado de diversas formas a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Para recordarles su obligación de realizar la declaración si desean seguir percibiendo esta ayuda.
La nueva notificación de la Seguridad Social sobre el Ingreso Mínimo Vital
Recientemente la gran mayoría de perceptores del IMV están recibiendo un SMS de la Seguridad Social, indicándoles su obligación de presentar la declaración, aun habiéndola realizado ya.
¿Por que sucede esto?
La respuesta es muy sencilla, el INSS simplemente esta realizando una campaña para notificar a los perceptores del IMV de forma masiva. Sin haber revisado previamente quien ha hecho la declaración y quien no.
He recibido el SMS de la Seguridad Social sobre el Ingreso Mínimo Vital y ya he hecho la declaración, ¿tengo que hacer algo?
Ante esta consulta que nos habéis enviado, la respuesta es no. No es necesario ni volverla a hacer ni enviarla a ningún sitio. Cuando la Seguridad Social haya dispuesto, comenzaran a cruzar datos con la Agencia Tributaria para la revisión de los expedientes de IMV y las cuantías.
Aún no he hecho la declaración y percibo el Ingreso Mínimo Vital
Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital están obligados a realizarla, aunque por ingresos no deban presentarla. Este deber de los perceptores no implica que la declaración dé como resultado una cuantía a ingresar o reduzca la posible cantidad que pueda tener que devolver Hacienda en ciertos casos.
Cobro el complemento a la infancia ¿tengo que hacer la declaración?
La respuesta a esta pregunta es un rotundo si, como explicamos en detalle en el siguiente enlace: Cobro el complemento de ayuda a la infancia ¿tengo que hacer la declaración?
Renta exenta
Aunque el ingreso mínimo obliga a presentar la declaración en plazo de la campaña de la renta 2022, independientemente del nivel de ingresos de sus beneficiarios, tal y como indican desde la propia Seguridad Social, la ayuda es en sí misma una renta exenta de impuestos y la gran mayoría de los beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración, pero sí presentarla.
Sí que deberán declararse, como rendimientos del trabajo, las cuantías que superen los 12.159,42 euros, lo que corresponde a 1,5 veces el IPREM en 2022. Asimismo, en el caso de que, junto al Ingreso Mínimo Vital, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de comunidades autónomas y ayuntamientos, solo se debe declarar, y tributar, por ese exceso.
Si bien las condiciones para la concesión del ingreso no exigen haber presentado la declaración previamente, en el Artículo 36, Obligaciones de las personas beneficiarias, del Real Decreto por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital, expone que sus perceptores deben presentar la declaración de la renta durante los ejercicios en los que se perciba». Así, en los años que lo perciban, deberán hacer el ejercicio de la renta.
¿Para qué tengo que realizar la declaración?
Se trata de un trámite necesario para poder renovar la percepción de la ayuda y seguir recibiendo el Ingreso Mínimo Vital en 2024. Por lo que tanto los titulares como los integrantes de cada unidad de convivencia tendrán que presentar la declaración de la renta, ya sea de forma individual o conjunta.
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Ya he realizado la declaración de la renta, ¿Y ahora qué?
Una vez presentemos la declaración de la renta, no tenemos que hacer nada más en relación con el IMV. No es necesario enviarla a la Seguridad Social ni a ninguna entidad.
Cuando la Seguridad Social considere necesario comprobar si la persona perceptora del Ingreso Mínimo Vital ha realizado el ejercicio de 2022, cruzará datos con la Agencia Tributaria y hará las comprobaciones pertinentes.
¿Qué pasa si cobro el Ingreso Mínimo Vital y no hago la declaración de la renta?
Las personas que cobren el IMV y no superen los ingresos fijados para la campaña de la renta 2022-2023, inicialmente se entendería que al no superar los ingresos establecidos para tributar, que no tendrían la obligación de hacerla. Sin embargo, se advierte que, de no hacerla, la Seguridad Social no podrá certificar los ingresos del beneficiario y podrá suspender la prestación del Ingreso Mínimo Vital.
Por lo que si la intención del beneficiario es seguir cobrando el IMV estaría expuesto a que la Seguridad Social se la pueda retirar en cualquier momento. Y de ahí la obligación de presentarla, como ya hemos dicho antes: para poder continuar recibiéndola.