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El borrador es una propuesta de declaración de la Renta confeccionada por la Agencia Tributaria con los datos personales, familiares o económicos del contribuyente de que dispone a una determinada fecha.
No revisar el borrador puede tener consecuencias negativas para el contribuyente, ya que este documento podría contener errores que se hayan pasado por alto y dependiendo del tipo de error, puede conllevar sanciones por parte de esta administración.
En este artículo vamos a ver cuáles son los aspectos que debes revisar antes de presentar el borrador de la renta. Toma nota.
Datos personales
Cambios de dirección, filiación o estado civil. Hacienda te enviará un resumen con la información que tiene, pero esta no tiene por qué ser completa al 100% o reflejar tu situación real.
Vivienda habitual
Sobre todo debes revisar este punto si has comprado tu vivienda antes de 2013 o vives de alquiler con contrato anterior a 2013.
Deducciones autonómicas
De forma general, el borrador no incluye las deducciones autonómicas aunque sí alertas sobre su posible aplicación.
Pensiones compensatorias
Las pensiones compensatorias reducen la base del pagador y son rendimientos del trabajo para quien las recibe.
Datos sobre inmuebles
Comprueba la referencia catastral y el porcentaje de titularidad, así como el uso de los mismos (si están vacíos, en alquiler, etc.)
Datos financieros
Los datos fiscales de la AEAT incluyen tu salario y parte de tus inversiones, pero pueden estar incompletos o ser erróneos.
Pon especial atención a las inversiones en el extranjero y en plataformas de crowdlending y crowdfunding, así como criptomonedas.
Tampoco olvides los datos sobre tu trabajo y las colaboraciones o trabajos que hayas realizado como freelance. Sobre estos últimos, el propio programa Renta Web te preguntará normalmente dónde debes ponerlo: como actividad económica (si eres autónomo) o como un rendimiento de trabajo.
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Donativos a ONGs
Hacienda no suele computar estos gastos, que son deducibles. Si has aportado a fundaciones y ONGs, repasa el dato en el borrador de la renta.
En el caso de las ONG podrás desgravar un 80% de los primeros 150 euros y un 35% del exceso.
Deducciones a las que tengas derecho
Las deducciones son la forma de ahorrar en la renta, así que siempre deberías revisar que están todas a las que tienes derecho.
Pon especial atención a las deducciones por maternidad y familia numerosa.
Otras deducciones generales que deberías tener en cuenta si son aplicables son las siguientes:
- Deducción por compra de vivienda habitual, siempre que comprases su casa antes de 2013.
- Deducción por alquiler de vivienda, siempre que tu alquiler sea anterior a 2015. En este caso Hacienda permite seguir deduciendo si ha ido ampliando el contrato, aunque las condiciones hayan cambiado.
- Deducción por inversión en empresas de nueva creación que tengan menos de tres años de vida.
Aportaciones a planes de pensiones
Los planes de pensiones permiten reducir tu base imponible y pagar menos impuestos. Revisa bien que tus aportaciones estén reflejadas correctamente en las casillas 0462-0469.