[tie_list type=»checklist»]
- Si quieres estar al día síguenos en redes: Facebook, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.
- Antes de presentar la declaración de la renta revisa bien el borrador
- ¿Qué puede pasar si cometo un error en la declaración de la Renta?
- Declaración de la Renta 2022-2023: cómo saber si me sale a pagar o a devolver
[/tie_list]
El día 11 de abril, arrancó el plazo para presentar la declaración de la declaración de la Renta por Internet.
Asimismo, desde el próximo 5 de mayo y hasta el 30 de junio la declaración del IRPF se podrá presentar también por teléfono, y entre el 1 y el 30 de junio, coincidiendo con el periodo ordinario de la Campaña, los contribuyentes podrán presentar su declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Cómo consultar la devolución de la renta
Si el resultado final de tu declaración fue una cantidad a devolver puedes consultar el estado de la devolución que has solicitado.
Para obtener información sobre el estado de tramitación de tu devolución de Renta 2021, deberás acceder a los servicios de «Renta 2022» y entrar en tu expediente a través de la opción «tramitación del borrador/declaración (Renta WEB)».
Actualmente, para la consulta del estado de tramitación puedes identificarte de estas 3 formas:
- Con certificado o DNI electrónico.
- Con Cl@ve PIN (si estás registrado en el sistema Cl@ve PIN).
- Con la referencia del borrador/declaración de Renta 2022.
Situación del expediente
En función de la situación del expediente, en el apartado «Estado de Tramitación» del expediente aparecerá alguno de estos mensajes:
- Su declaración se está tramitando. Esto quiere decir que la AEAT ya tiene tu Declaración y está en espera para iniciar el proceso de validación.
- La declaración con el importe indicado, no ha sido grabada o está en proceso. Compruebe el importe. Esto es un mensaje de error que implica que no se ha incluido correctamente la Declaración. Podemos volver a intentar enviarla de forma telemática, pero lo más habitual es que no nos deje. Entonces deberemos acudir a Hacienda para resolver la incidencia.
- Su declaración ha sido grabada y se está realizando su comprobación. La AEAT ha comenzado a tramitar tu Declaración, comprobando que todos los datos sean correctos.
- Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Finalmente, la tramitación ha terminado y Hacienda está de acuerdo, pero aún tiene que informarnos sobre cuándo hará efectiva la devolución.
- Su devolución ha sido emitida el día xx/xx/xxxx; si en 10 días no ha recibido el importe, acuda a la delegación/ administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal. Ahora sí. La Agencia Tributaria ha realizado el ingreso y deberíamos tenerlo en nuestra cuenta corriente en un plazo no superior a 10 días.
Si quieres recibir mas artículos como este, síguenos en redes: Facebook, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.
Pago de la devolución
Con carácter general, la devolución se efectúa mediante transferencia bancaria a la cuenta de tu titularidad que hayas indicado en el documento de ingreso o devolución.
Plazo de pago
La Agencia Tributaria dispone de seis meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución que has solicitado.