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La Agencia Tributaria dispone de una serie de deducciones a las que pueden acogerse, todos los contribuyentes que cumplan una serie de requisitos. A continuación te contamos cuales son, en que consisten y como solicitarlas.
Deducción por familia numerosa
¿Qué se considera familia numerosa en la declaración de la renta?
Como normal general, las que tienen más de tres hijos, aunque hay otras situaciones en las que también será posible beneficiarse de esta ayuda.
En concreto, hay 5 situaciones donde se podrá acceder a los 1.200 euros de la deducción. Son las siguientes:
- Familia numerosa de categoría general.
- Familia numerosa de categoría especial.
- Familia monoparental con dos o más hijos a cargo. En este caso se perderá la condición si se recibe una pensión de alimentos
- Personas con descendientes a cargo con discapacidad.
- Personas con ascendientes a cargo con discapacidad.
Tal y como ocurre con la deducción por maternidad, esta ayuda se puede percibir en la declaración de la renta o cobrarla de forma anticipada. De hecho, el segundo caso es el más habitual.
Para solicitar el abono anticipado de la deducción por familia numerosa sólo hay que rellenar el modelo 143 de Hacienda y después asegurarse de indicar en la renta que se ha percibido ya ese capital.
A quién corresponde esta deducción
Puedes aplicar esta deducción:
- Si eres un ascendiente o un hermano huérfano de padre y madre, que forme parte de una familia numerosa y cumples uno o varios de los siguientes requisitos:
- Realizas una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estés dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.
- Percibes prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo.
- Percibes pensiones abonadas por la Seguridad Social o por Clases Pasivas.
- Eres un profesional no integrado en el RETA y percibes, de las mutualidades de previsión alternativas, prestaciones análogas a las anteriores.
Podrás acreditar que formas parte de una familia numerosa con el título oficial de familia numerosa o por cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
Esta deducción es incompatible con la deducción por ascendiente con dos hijos separado o sin vínculo matrimonial.
Importe de la deducción
La deducción es de 1.200 euros con carácter general, aunque se multiplica por dos para las familias numerosas de categoría especial, que son las que tienen más de 5 hijos. La cuantía de la desgravación por familia numerosa especial asciende en esos casos a 2.400 euros.
Puede haber más de una persona con derecho a la deducción por la misma familia numerosa. En este caso, el importe se prorrateará entre todas, por partes iguales, salvo que cedáis el derecho a una de ellas que será la que perciba íntegramente el importe de la deducción.
Esta deducción es compatible con la desgravación de 1.200 euros por ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo.
Solicitud y cesión del abono anticipado
Lo puedes solicitar:
- Si trabajas por cuenta propia o ajena por cada uno de los meses en los que estés dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad y cotices los siguientes plazos:
- Con contrato a jornada completa, en alta al menos quince días de cada mes, en el Régimen general o en los Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar.
- Con contrato a tiempo parcial con jornada de, al menos, el 50% de la ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, en alta todo el mes si estás en los regímenes del punto anterior.
- Por cuenta ajena en alta en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y habiendo optado por bases diarias de cotización, al menos, diez jornadas reales en dicho período.
- En los restantes Regímenes especiales de la Seguridad Social o mutualidades alternativas a la Seguridad Social, en alta durante quince días en el mes.
- Si cobras una prestación contributiva y asistencial del sistema de protección del desempleo o una pensión de la Seguridad Social o Clases Pasivas por cada uno de los meses en los que la percibas.
¿Cómo se solicita?
Puedes hacerlo a partir del momento en el que cumplas los requisitos.
La solicitud puede ser:
- Individual: sólo hay una persona con derecho a la deducción o, hay más de una persona con derecho a la deducción por la misma familia numerosa y,cada una de ellas solicita el abono que le corresponde.
- Colectiva: hay más de una persona con derecho a la deducción por la misma familia numerosa y todas ceden su derecho a favor de una de ellas.
Debes indicar como primer solicitante a la persona que cumpla, en el momento de presentar la solicitud, todos los requisitos. Ésta será la que reciba íntegramente el abono anticipado.
No tienes que presentar una nueva solicitud cada año salvo que quieras cambiar de modalidad individual a colectiva o viceversa. En este caso, preséntala en el mes de enero.
Comunicar variaciones
Tienes 15 días naturales desde que se producen estas situaciones para comunicarlo.
¿Cómo se cede el derecho?
- Si has presentado una solicitud de abono anticipado colectiva el derecho se entenderá cedido a favor del primer solicitante. Éste deberá consignar, en la declaración de IRPF, la totalidad del abono anticipado percibido.
- Si has presentado una solicitud de abono anticipado individual y quieres ceder el derecho hazlo en la declaración de IRPF. El derecho se entenderá cedido a quien aplique la deducción en su declaración.
- Si no estás obligado a declarar, no has presentado una solicitud de abono anticipado colectiva y quieres ceder el derecho presenta, en el mismo plazo de presentación de la declaración de renta, el Modelo 121.
Cobro y regularización del abono anticipado
El abono anticipado lo percibirás mensualmente mediante transferencia a la cuenta indicada en la solicitud.
Si el abono anticipado percibido es mayor que la deducción a la que tienes derecho regulariza esta situación:
- Si estás obligado a declarar, en la declaración de IRPF del ejercicio en el que lo hayas percibido.
- Si no estás obligado a declarar, presentando e ingresando con el Modelo 122 las cantidades percibidas de más.
Tienes de plazo desde que lo percibes hasta que finaliza el plazo para presentar la declaración de IRPF de ese ejercicio.
Si el abono anticipado percibido es menor que la deducción a la que tienes derecho regulariza esta situación, tanto si estás obligado a declarar como si no lo estás, en la declaración de IRPF del ejercicio en el que lo hayas percibido.
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Deducción por ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos.
Los ascendientes separados legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos, tienen derecho a una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de hasta 1.200 euros anuales.
A quién corresponde esta deducción
Puedes aplicar esta deducción si eres un ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos siempre que:
- los hijos no tengan derecho a percibir anualidades por alimentos
- tengas derecho a la totalidad del mínimo por descendiente
- y, además de todo lo anterior cumplas uno o varios de los siguientes requisitos:
- Realices una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estés dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.
- Percibas prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo.
- Percibas pensiones abonadas por la Seguridad Social o por Clases Pasivas.
- Seas un profesional no integrado en el RETA y percibas, de las mutualidades de previsión alternativas, prestaciones análogas a las anteriores.
Esta deducción es incompatible con la deducción por familia numerosa.
Solicitud del abono anticipado
Lo puedes solicitar:
- Si trabajas por cuenta propia o ajena por cada uno de los meses en los que estés dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad y cotices los siguientes plazos:
- Con contrato a jornada completa, en alta al menos quince días de cada mes, en el Régimen general o en los Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar.
- Con contrato a tiempo parcial con jornada de, al menos, el 50% de la ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, en alta todo el mes si estás en los regímenes del punto anterior.
- Por cuenta ajena en alta en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y habiendo optado por bases diarias de cotización, al menos, diez jornadas reales en dicho período.
- En los restantes Regímenes especiales de la Seguridad Social o mutualidades alternativas a la Seguridad Social, en alta durante quince días en el mes.
- Si cobras una prestación contributiva y asistencial del sistema de protección del desempleo o una pensión de la Seguridad Social o Clases Pasivas por cada uno de los meses en los que la perciba.
¿Cómo se solicita? Modelo 143
Presenta este modelo para:
- Solicitar el abono anticipado. Presenta una solicitud individual a partir del momento en el que cumplas los requisitos. No tienes que presentar una nueva solicitud cada año.
Comunicar variaciones
Tienes 15 días naturales desde que se producen estas situaciones para comunicarlo.
Para presentar este modelo, tanto tú como tus descendientes debéis tener un NIF.
Cobro y regularización del abono anticipado
El abono anticipado lo percibirás mensualmente mediante transferencia a la cuenta indicada en la solicitud.
Si el abono anticipado percibido es mayor que la deducción a la que tienes derecho regulariza esta situación:
- Si estás obligado a declarar, en la declaración de IRPF del ejercicio en el que lo hayas percibido.
- Si no estás obligado a declarar, presentando e ingresando con el Modelo 122 las cantidades percibidas de más.
Tienes de plazo desde que lo percibes hasta que finaliza el plazo para presentar la declaración de IRPF de ese ejercicio.
Si el abono anticipado percibido es menor que la deducción a la que tienes derecho regulariza esta situación, tanto si estás obligado a declarar como si no lo estás, en la declaración de IRPF del ejercicio en el que lo hayas percibido.
Cesión del derecho
La ley no contempla, en este caso, posibilidad de cesión, ya que por definición solo un contribuyente puede tener derecho a esta deducción.