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- Nueva renta de crianza: requisitos y cómo solicitarla
- Revisa bien el borrador antes de presentar la declaración de la renta
- Renta 2022-2023: fechas para solicitar el borrador, cita previa por teléfono o internet y cita presencial
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La Campaña de la Renta de este año, que tiene en cuenta los ingresos obtenidos en 2022, arranca hoy 11 de abril y durará hasta el 30 de junio, ambos incluidos. El primer paso para hacer la gestión es acceder al borrador, un documento donde aparecerán los datos económicos que tiene la Agencia Tributaria de cada contribuyente. Cada ciudadano podrá cotejar esta información y tendrá la posibilidad de confirmarla o realizar las modificaciones necesarias.
Como su nombre indica, es un borrador y no la declaración final. En él aparecen datos que cada ciudadano debe revisar y, en caso de confirmarlos, serán los que presente en la declaración. Por otro lado, también puede modificarlos si considera que hay información incorrecta, y deberá demostrarlo a la Agencia Tributaria con la documentación requerida. Por ello, los expertos recomiendan revisar con tranquilidad el borrador antes de confirmarlo.
Para acceder, hay que ir a la página oficial de la Agencia Tributaria y seleccionar la pestaña ‘Accede a Renta 2022’ que se encuentra en la parte superior derecha de la pantalla, tal y como muestra la siguiente imagen.
A continuación se abre una nueva pantalla con un menú que muestra todas las opciones. Para acceder al borrador de la Renta y presentar la declaración por internet tienes que seleccionar la primera de ellas. En concreto, la pestaña ‘Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)’
El siguiente paso es proceder con la identificación. Para ello, tienes tres opciones:
- Con certificado digital. Aquí te explicamos cómo descargar el certificado digital.
- Con Cl@ve. Aquí te explicamos cómo obtener clave pin
- Con el número de referencia.
Con certificado digital
Desde esta misma página a la que has accedido en el apartado anterior, tienes que seleccionar la opción ‘Acceder con certificado’ y seleccionar en el ordenador la identificación que quieres utilizar para obtener el borrador. Una vez aceptes el permiso para identificarte, accedes a los servicios disponibles de tu expediente. En este caso debes seleccionar la opción ‘Borrador / Declaración (Renta WEB)‘.
Para identificarse con Cl@ve PIN tienes que introducir el DNI o NIE para comenzar el trámite. En la siguiente pantalla debes introducir los siguientes datos:
- Si has introducido un DNI te van a pedir la fecha de validez, es decir, cuándo caduca tu DNI. Para los DNI que son permanentes se solicita la fecha de expedición.
- Si has introducido un NIE, te van a solicitar el número de soporte.
Si no sabes dónde encontrar estos datos en tu documento de identificación, en la propia página aparecen dos enlaces de ayuda que nos indican como poder acceder a estos datos.
Si el documento de identificación es un NIE, la forma de verificación del documento es a través del número de soporte. Al igual que con los DNI, en la parte inferior de la página encontramos enlaces de ayuda para localizar el número de soporte en diferentes casos: En la tarjeta de extranjero, en el permiso de residencia o en el certificado de ciudadano de la UE.
Una vez completado los datos, en la siguiente pantalla tenemos que seleccionar el botón ‘Obtener PIN’. Una vez identificado, podrás acceder a los trámites disponibles de tu expediente. En este caso concreto hay que seleccionar ‘Borrador/Declaración (Renta WEB)’.
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Con número de referencia
Tras acceder a la sección ‘Trámites destacados’ y después seleccionar ‘Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)’, se abre una nueva ventana en la que tienes que introducir el DNI.
- Después te van a pedir la fecha de validez o la de expedición en caso de tratarse de un DNI permanente.
- Si has introducido un NIE, te van a pedir el número de soporte y en caso de que el NIE comience por las letras L, M o K, te pedirán la fecha de nacimiento.
Una vez completes estos datos de identificación, debes iniciar un proceso para la obtención de este número de referencia. Para poder acceder con número de referencia, la web da dos posibilidades. Por un lado, con Cl@ve Pin y, por otro, con el importe de la casilla 505 de la Renta del año anterior, el que coincide con el total de tus ingresos.
- Si no has hecho la declaración el año anterior o si el sistema detecta que el importe de la casilla 505 es cero, se solicita el IBAN del titular del declarante.
- Si presentó declaración el año anterior y el importe de la casilla 505 es distinto de cero, se solicita el importe de dicha casilla. La forma de introducir el importe es con los números enteros sin separación entre los millares. En el caso de los decimales, deben estar separados por una coma.
Una vez se han validado todos los datos, se muestra el número de referencia en pantalla. En este punto debes acceder al servicio RENO de la Agencia Tributaria y se desplegará un menú con los distintos trámites en el que tendrás que seleccionar ‘Borrador/declaración (Renta Web)’.
Consejos antes de confirmar el borrador
Los expertos consideran que antes de confirmar el borrador de Renta hay que revisar que todos los datos estén correctos. Las prisas entre quienes les salga a devolver, a recibir dinero de Hacienda, puede llevar a que muchos contribuyentes olviden incluir en su declaración de la Renta información fiscal que les pueda beneficiar. ¡No caigas en la tentación de dar a los botones siguiente, siguiente, siguiente!
Rendimientos del trabajo
Hay que revisar a fondo que todos los datos fiscales estén completos y correctos. Si no lo revisamos, podemos perder gastos deducibles como rendimientos del trabajo, cuotas a sindicatos, movilidad geográfica, gastos de colegio de los hijos…
Titularidad de inmuebles
Es muy importante no dejar de verificar, todos los años, la titularidad de los inmuebles que se tengan y la cuota de participación, imprescindible para deducir los gastos de la vivienda habitual para aquellos que la compraron antes de 2013; también la situación y datos familiares, es decir, que estén recogidos correctamente los datos familiares, como el nacimiento de un hijo o las defunciones y los cambios de estado civil. Todos estos datos deben estar correctamente recogidos antes de confirmar el borrador.
Deducciones autonómicas
Otro riesgo de tener prisa por confirmar el borrador es el de pasar por alto las deducciones autonómicas y que, en función de cada Comunidad Autónoma, pueden suponer grandes ahorros fiscales si tenemos en cuenta los gastos escolares de los hijos, los gastos derivados de una adopción o no menos relevantes los de la deducción por alquiler de vivienda.
Recuerda este consejo final, confirma solo el borrador de Renta si tu declaración es muy fácil y sencilla, es decir, si no tienes que actualizar o corregir los datos de tu borrador porque todos los que aparecen son los correctos.