El reconocimiento del grado de discapacidad, consiste en una valoración de las situaciones de discapacidad que presente una persona a lo largo de su vida, esta puede ser llevada a valoración en diversas ocasiones si su discapacidad cambia.
Documentación a entregar
Se detallan a continuación los documentos originales o fotocopias compulsadas que deben acompañar a la solicitud:
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado pinche aqui
- DNI del interesado o, en su defecto, fotocopia del Libro de Familia.
- En su caso, DNI del representante legal y documento acreditativo de la representación legal.
- Todos los informes médicos y psicológicos que posea y donde consten las secuelas tras la aplicación de medidas terapéuticas
- En caso de no tener nacionalidad española, tarjeta de residente.
- En caso de revisión por agravamiento: informes que acrediten dicho agravamiento.
El plazo de solicitud queda abierto todo el año
Donde solicitarlo
Se podrá solicitar en las Direcciones Territoriales de las administraciones autonómicas del IMSERSO, para acceder a estas administraciones, pinche aqui.
A que me da derecho el reconocimiento del grado de discapacidad
El reconocimiento del tipo y grado de discapacidad puede dar derecho, entre otras, a las siguientes medidas de protección social:
- Pensión no contributiva por invalidez.
- Prestación familiar por hijo a cargo.
- Orientación para ingreso en Centros.
- Tratamientos.
- Beneficios fiscales:
- Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)
- El impuesto sobre sociedades (IS)
- Impuesto sobre sucesiones y donaciones
- El impuesto sobre el valor añadido (IVA)
- Impuesto especial sobre determinados medios de trasporte (IEDMT)
- El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
- Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad
- Bonotaxi
- Solicitud de ayudas públicas
- Reducciones en medios de transporte
- Otras ayudas y servicios para el colectivo de personas con discapacidad que se contemplen en los organismos competentes en materia de Servicios Sociales ya sean autonómicos, municipales o estatales.