Requisitos generales
Para tener derecho a beca deberán reunir los siguientes requisitos generales:
- Poseer la nacionalidad española o ser residente en España para alumnos de otras nacionalidades (con las particularidades que desarrolla la convocatoria).
- No poseer en el momento de solicitar la beca un título de nivel igual o superior al de los estudios para los que se pide la beca.
- Reunir el resto de requisitos académicos y económicos que especifica la convocatoria.
Requisitos académicos
La siguiente tabla recoge un resumen de los requisitos académicos que se deben cumplir para obtener una o más de las cuantías especificadas en el apartado anterior. Esta información es orientativa y no recoge todos los casos particulares que se pueden producir. Consulte la convocatoria para obtener la información más detallada.
Para grado y titulaciones universitarias de primero y segundo ciclo:
Curso | Ramas conocimiento | Para obtener beca de matrícula | Para obtener el resto de cuantías* |
Primero | Para todas las ramas |
|
|
Segundo | Enseñanzas técnicas |
|
|
Ciencias |
|
|
|
Ciencias de la salud |
|
|
|
Ciencias sociales y jurídicas y artes y humanidades |
|
|
* Con las limitaciones que establece la convocatoria por el incumplimiento de otros requisitos. Asimismo, no se incluyen en este apartado los supuestos de matrícula parcial, estudios no presenciales, complementos de formación, proyecto fin de carrera y curso de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Para enseñanzas de máster:
Curso | Para obtener beca en cualquiera de sus componentes* |
Primero |
|
Segundo |
|
* Con las limitaciones que establece la convocatoria por el incumplimiento de otros requisitos. Asimismo, no se incluyen en este apartado los supuestos de matrícula parcial, estudios no presenciales, complementos de formación, proyecto fin de carrera y curso de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Requisitos económicos
Atendiendo a los ingresos que haya percibido la unidad familiar en el ejercicio fiscal anterior (para el curso 2014/15 se considera el año 2013), aplicando deducciones para determinadas situaciones (familias numerosas, solicitantes discapacitados, etc.) cuyo detalle puede consultarse en la convocatoria.
Para ello se establecen unos umbrales o límites de renta. La cuantía de la beca se establecerá según el umbral bajo el cual quede la renta.
Umbrales de renta y cuantía de la beca:
Umbral 1 | Umbral 2 | Umbral 3 | |
Familias de 1 miembro | 3.771,00 € | 13.236,00 € | 14.112,00 € |
Familias de 2 miembros | 7.278,00 € | 22.594,00 € | 24.089,00 € |
Familias de 3 miembros | 10.606,00 € | 30.668,00 € | 32.697,00 € |
Familias de 4 miembros | 13.909,00 € | 36.421,00 € | 38.831,00 € |
Familias de 5 miembros | 17.206,00 € | 40.708,00 € | 43.402,00 € |
Familias de 6 miembros | 20.430,00 € | 43.945,00 € | 46.853,00 € |
Familias de 7 miembros | 23.580,00 € | 47.146,00 € | 50.267,00 € |
Familias de 8 miembros | 26.660,00 € | 50.333,00 € | 53.665,00 € |
En función de estos umbrales, se tendrá derecho a los siguientes componentes de la beca:
- Aquellos solicitantes cuya unidad familiar haya obtenido ingresos inferiores al umbral 1, podrán tener derecho a las siguientes cuantías:
- Beca de matrícula
- Cuantía fija asociada a la renta (1.500 €)
- Cuantía fija asociada a la residencia (1.500 €); si tiene necesidad de residir fuera del domicilio familiar durante el curso.
- Cuantía variable.
- Aquellos solicitantes cuya unidad familiar haya obtenido ingresos superiores al umbral 1 pero inferiores al umbral 2, podrán tener derecho a las siguientes cuantías:
- Beca de matrícula
- Cuantía fija asociada a la residencia (1.500 €); si tiene necesidad de residir fuera del domicilio familiar durante el curso.
- Cuantía variable.
- Aquellos solicitantes cuya unidad familiar haya obtenido ingresos superiores al umbral 2 pero inferiores al umbral 3, únicamente podrán tener derecho a la beca de matrícula.
Aunque se reúnan los requisitos de renta, no podrá concederse beca si se superan los siguientes umbrales que, según la convocatoria, se consideran indicativos de la posesión de patrimonio:
- Si se poseen fincas urbanas por valor catastral superior a 42.900,00 €, excluida la vivienda habitual. El valor catastral de la vivienda se multiplicará por el coeficiente reductor que corresponda en cada caso, según se indica en la convocatoria.
- Si se poseen fincas rústicas por un valor catastral superior a 13.130,00 € por cada miembro computable de la unidad familiar.
- Si los rendimientos de capital mobiliario / ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidos por todos los miembros computables superan los 1.700,00 €.
También se denegará la beca cuando las ACTIVIDADES ECONÓMICAS de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un valor de facturación, en el ejercicio anterior, superior a 155.500,00 €.
Otros requisitos
Además de los requisitos anteriores, hay que tener en cuenta que se deben reunir también otras condiciones para obtener determinados componentes de la beca: por ejemplo, hay que acreditar la necesidad de residir fuera del domicilio familiar para tener derecho a la cuantía fija asociada a la residencia.
Asimismo, hay circunstancias específicas que requieren acreditación especial o que modifican los componentes a percibir: por ejemplo:
- Alumnos independientes de la unidad familiar de sus padres
- Alumnos que realizan estudios no presenciales o que se matriculan de un número inferior a 60 créditos.
- Alumnos que realizan el curso de preparación para acceso a la universidad para mayores de 25 años
- Alumnos que realizan el proyecto fin de carrera
Consulte la convocatoria en este mismo portal para completar esta información sobre las situaciones que pudieran darse en su caso.
Por otra parte, los alumnos que resulten beneficiarios de beca, como perceptores de una subvención estatal, están obligados a destinar la beca a la finalidad para la que se concede. Según las bases de la convocatoria, se entenderá que no se cumple este requisito cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
- Haber anulado la matrícula
- No haber superado el 50 por ciento de los créditos matriculados, en convocatoria ordinaria ni extraordinaria. Este porcentaje será del 40% para los alumnos de Enseñanzas Técnicas.
- En el caso de estudiantes que realicen el proyecto fin de carrera, no haberlo presentado en el plazo de dos años desde la fecha de la resolución de concesión de la beca.
En estos supuestos, el alumno deberá reintegrar el importe de la beca percibida, salvo en el caso de que no haya superado el 50% o el 40% de los créditos, que le dará derecho a mantener al menos la beca de matrícula.
Descarga la solicitud desde aquí
Plazo máximo de presentación curso 2014/2015
- 15 de Octubre de 2014