Cuando presentamos la Declaración de la Renta, y nos sale a devolver, lo más probable es que no tengamos que esperar demasiado para recibir el ingreso por parte de la Agencia Tributaria. No existe un tiempo de espera exacto, ya que puede tardar desde pocos días, hasta meses.
Plazos legales
El plazo legal para que la AEAT te haga la devolución de la renta es de seis meses. Un periodo que empezará a contar a partir del final de la Campaña de IRPF. Es decir, que, en el peor de los casos, podríamos tener que esperar hasta el 30 de diciembre.
En algunos casos, aunque son los menos, puede que la devolución se retrase hasta el siguiente año. En estos casos, la AEAT deberá incluir de oficio (sin que el contribuyente deba pedirlo) el llamado interés de demora. Los intereses de demora están fijados en un 3,75% anual, el cual se aplicará de forma proporcional a los días de retraso.
Cómo consultar el estado de la devolución
Existe la forma de comprobar el estado de tu declaración, y si hay algún problema con la devolución.
Vía telefónica
El teléfono para la devolución de la renta es el 901 12 12 24. Es necesario tener a mano el DNI/NIE y el importe de la devolución solicitada, además del número de referencia de nuestra declaración.
Vía online
Para obtener información sobre el estado de tramitación de su devolución de Renta 2020, podemos seguir los siguientes pasos:
Accede al banner de la campaña «Renta 2020. Avanzando contigo».
Entra en tu expediente a través de la opción «Servicios de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)».
Puedes identificarte de estas 3 formas:
- Con certificado o DNI electrónico;
- Cl@ve PIN (si está registrado en el sistema Cl@ve PIN);
- Con la referencia del borrador/declaración de Renta 2020 y que consta de 6 caracteres.
En función de la situación del expediente, en el apartado «Estado de Tramitación» del expediente aparecerá alguno de estos mensajes:
- Su declaración se está tramitando. Esto quiere decir que la AEAT ya tiene tu Declaración y está en espera para iniciar el proceso de validación.
- La declaración con el importe indicado, no ha sido grabada o está en proceso. Compruebe el importe. Esto es un mensaje de error que implica que no se ha incluido correctamente la Declaración. Podemos volver a intentar enviarla de forma telemática, pero lo más habitual es que no nos deje. Entonces deberemos acudir a Hacienda para resolver la incidencia.
- Su declaración ha sido grabada y se está realizando su comprobación. La AEAT ha comenzado a tramitar tu Declaración, comprobando que todos los datos sean correctos.
- Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Finalmente, la tramitación ha terminado y Hacienda está de acuerdo, pero aún tiene que informarnos sobre cuándo hará efectiva la devolución.
- Su devolución ha sido emitida el día xx/xx/xxxx; si en 10 días no ha recibido el importe, acuda a la delegación/ administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal. Ahora sí. La Agencia Tributaria ha realizado el ingreso y deberíamos tenerlo en nuestra cuenta corriente en un plazo no superior a 10 días.
Devolución pendiente. Sistema VERIFICA
Si nos corresponde devolución, y sigue pendiente, es recomendable que accedamos a nuestro expediente para comprobar si se encuentra dentro del sistema llamado «VERIFICA (Autocorrección de declaraciones)», que nos permitirá agilizar la devolución.
A los contribuyentes con devoluciones pendientes que cumplan los requisitos del sistema les aparecerá un mensaje informando de la posibilidad de agilizar la comprobación y posterior devolución.
Para poder acceder a «VERIFICA» tendremos que utilizar:
En el caso de que la corrección la realice un tercero, un representante o un colaborador social, será necesario que disponga de dos apoderamientos por parte del contribuyente: uno para recibir notificaciones y otro general para realizar trámites tributarios o específico para la gestión de la declaración del IRPF
Una vez dentro de «VERIFICA», se mostrará una pantalla en la que se informa de la existencia de incidencias en la declaración y de una posible minoración de la devolución.
Si seguimos avanzando en el procedimiento, que podremos interrumpir si preferimos optar por el sistema de comprobación tradicional, concluirá con la notificación de una propuesta de liquidación con la devolución minorada.
Información adicional
Si tenéis mas dudas, podéis contactar con la Agencia Tributaria o enviarlas a través de nuestro grupo de Facebook.