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Prevenir, proteger, identificar y actuar. Estos son los principios que debe garantizar el protocolo contra el acoso laboral, un documento que recoge el conjunto de procedimientos de prevención y pautas dirigidas a detectar casos acoso sexual en el trabajo. El protocolo no es opcional, sino obligatorio para todas las empresas.
En este artículo te voy a explicar en qué consiste este Protocolo de acoso laboral, la obligatoriedad de este y las consecuencias de no tenerlo implantado y cómo hacer un protocolo de acoso laboral.
¿En qué consiste el Protocolo de acoso laboral?
El protocolo de acoso laboral es un plan contra el acoso laboral que contempla aquellas medidas que son necesarias para prevenir, evitar o eliminar cualquier tipo de acoso laboral en la empresa, sea este acoso por razón de sexo, acoso sexual o acoso moral.
Tiene como objetivo erradicar comportamientos nocivos que perjudican tanto a los trabajadores que los sufren como a la propia empresa.
Este documento debe incluir los siguientes apartados:
- Una declaración de principios y definición de acoso sexual.
- Procedimiento de actuación frente al acoso para dar trámite a las quejas o denuncias que pudieran producirse, y medidas cautelares o correctivas.
- Identificación de las medidas reactivas frente al acoso y en su caso, el régimen disciplinario.
Obligatoriedad del Protocolo
Todas las empresas están obligadas por ley a disponer de un protocolo de prevención del acoso sexual o por razón de sexo. Entre las normas que recogen la incorporación de este documento destacan las que te detallo a continuación:
- Art. 48 Ley Orgánica 3/2007, 22 marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro.
- Art. 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
Sanciones para empresas que no cumplan con la normativa
Las sanciones que pueden imponerse a las empresas por no tener un protocolo en contra de la violencia laboral y el acoso sexual o por razón de sexo varían en función de la gravedad de la infracción. De acuerdo con la Ley de Infracciones y Sanciones, estas quedarían así:
- Multas de 7.501 a 30.000 euros para infracciones leves.
- Multas de 30.001 a 120.005 euros para infracciones graves.
- Multas de 120.006 a 225.018 euros para infracciones muy graves.
Si se llega a la vía judicial, habría que sumar la cantidad impuesta por los Tribunales a las multas anteriores.
Cómo hacer un protocolo de acoso laboral
Hay cuatro pasos importantes que la empresa debe de seguir y que son los siguientes:
Designación de la comisión o de la persona instructora
Su misión será recibir las denuncias o quejas por acoso y dar inicio al procedimiento si detecta un caso.
Esta comisión la integran tres personas (y una persona suplente) y se designa en empresas a partir de 50 trabajadores que tienen plan de igualdad.
Y esta persona instructora (y una persona suplente) se designa en empresas de menos de 50 trabajadores que carezcan de un plan de igualdad.
Desarrollo de normativa interna y medidas preventivas
Debe reflejar el compromiso de la empresa contra cualquier tipo de violencia o acoso y establecer todos los mecanismos necesarios para prevenir situaciones de este tipo. Además de diseñar un catálogo de medidas preventivas.
Crear un canal interno para realizar las denuncias
Que deberá ser rápido, accesible y confidencial.
Difundir el contenido del Protocolo a todos los trabajadores de la empresa
En su página web, tablones de anuncios, a través de correos electrónicos.