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En este artículo te explicamos qué es la incapacidad permanente por gran invalidez, cuáles son sus requisitos y las cuantías actualizadas a 2023.
La Gran Invalidez es el grado máximo de incapacidad laboral. Se reconoce a las personas que padecen una enfermedad o lesión que no les permite realizar ningún trabajo y, además, necesitan la ayuda de otra persona para realizar los actos más elementales de la vida diaria.
¿Qué es la Incapacidad Permanente Gran Invalidez?
La Gran Invalidez es el grado máximo de incapacidad laboral. Se reconoce a las personas que padecen una enfermedad o lesión que no les permite realizar ningún trabajo y, además, necesitan la ayuda de otra persona para realizar los actos más elementales de la vida diaria.
Una pensión de Gran Invalidez da derecho a una mensualidad del 100% de la base reguladora más un complemento económico.
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Requisitos
Los requisitos que dan derecho a la Gran Invalidez son los siguientes:
- Estar en situación de alta o asimilada al alta.
Excepción a la regla general: se puede solicitar la Gran Invalidez en situación de no alta si se han cotizado 15 años a la Seguridad Social (tres de ellos dentro de los últimos 10 años) y la contingencia es enfermedad común o accidente no laboral.
2. No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
3. Años cotizados. En este caso, cabe diferenciar:
Si la causa de la Gran Invalidez ha sido una enfermedad profesional o un accidente: no se exige un tiempo mínimo de cotización.
Si la Gran Invalidez procede de enfermedad común: se exige lo que se establece a continuación:
- Trabajadores menores de 31 años: Haber cotizado un tercio del tiempo transcurrido entre su edad actual y cuando tenía 16 años.
- Mayores de 31 años: Tener cotizada una cuarta parte de tiempo entre el momento presente y los 20 años. Siendo el mínimo requerido cinco años. A su vez, un quinto de ese período debe haberse cotizado durante los 10 años anteriores a la solicitud.
Cuantías mínimas de la Incapacidad Permanente por Gran Invalidez en 2023
- Con cónyuge a cargo: 1.449,34 euros
- Sin cónyuge: 1.174,62 euros
- Con cónyuge no a cargo: 1.114,83 euros