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Tanto el Ingreso Mínimo Vital (IMV) como el complemento de ayuda a la Infancia, para su tramitación, se deben solicitar del mismo modo mediante la solicitud del IMV, así que los requisitos de acreditación son los mismos. Es importante tener en cuenta que, para la presentación de la Declaración de Renta es obligatorio presentar el DNI/NIF/NIE, de todos los miembros de la unidad de convivencia incluidos los menores.
¿Por que es obligatorio presentar el DNI/NIF/NIE?
Esta duda la ha resuelto en multiples ocasiones el INSS a través de su canal oficial de comunicación en Twitter @Incluinfo.
🔊Recuerda: todos los miembros de la unidad de convivencia del #IMV deben acreditar su identidad, incluidos los menores, aportando DNI o NIE.
👉La expedición y renovación del DNI/NIE es gratuita para los menores de 14 años de una unidad de convivencia solicitante del #IMV pic.twitter.com/NJvBJOo7zh— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) February 21, 2022
Acreditación de los requisitos
Conforme a lo previsto en el artículo 21.1 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital (BOE 21-12):
La identidad tanto de las personas solicitantes como de las que forman la unidad de convivencia se acreditará mediante el documento nacional de identidad en el caso de los españoles y mediante el documento nacional de identidad de su país de origen o procedencia, o de la tarjeta de identificación de extranjero, o el pasaporte, en el caso de ciudadanos extranjeros.
Asimismo, se debe aportar el número personal de identificación (NIE) si no constara en los documentos presentados para acreditar la identidad o la residencia legal en España.
Disposición adicional octava
Esta disposición en relación a la exención del pago de precios públicos por expedición del Documento Nacional de Identidad a menores de 14 años, expone:
Estarán exentos del pago de tasas de expedición y renovación de DNI/NIE los menores de 14 años, integrados en una unidad de convivencia que solicite la prestación de ingreso mínimo vital.
Esta norma, que proviene del RD Decreto-Ley entro en vigor el 1 de enero de 2022, indica que, si a partir de esta fecha has realizado o renovado el DNI/NIE a un menor de 14 años beneficiario del IMV, abonando el pago de tasas, no estando todavía implementada la expedición gratuita de obtención o renovación del DNI/NIE, podrás reclamar las tasas pagadas por la obtención de dicho documento.
La Policía Nacional lo aclara
Realizada la consulta a la Policía Nacional (División Documentación) así nos lo confirma:
Como solicitar la devolución de tasas pagadas indebidamente
Para solicitar la devolución de una tasa pagada indebidamente, se podrá cumplimentar el modelo orientativo de devolución de ingresos indebidos, que incluimos en el primer enlace al final de este articulo.
En el modelo, además de indicar los datos del sujeto pasivo y de la tasa cuya devolución se solicita: se deberán explicar los motivos por los que se solicita la devolución de la tasa.
En expone, deberéis hacer referencia a:
«Solicito la devolución de la tasa abonada indebidamente, según la Disposición adicional octava de la ley 19/2021 por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital: Exención del pago de precios públicos por expedición del Documento Nacional de Identidad a menores de 14 años»
Otros datos y documentación a aportar
Indicad el IBAN de la cuenta y la dirección de la sucursal bancaria a la que se vaya a transferir la devolución.
Al impreso de solicitud de devolución de la tasa, se deberán adjuntar los documentos originales del ingreso y aquellos otros documentos acreditativos del derecho a la devolución, como copia del DNI menor.
También deberéis adjuntar, la carta que envió el INSS donde se acredita que el menor es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital. Adjuntamos ejemplo:
Como y donde enviarla
La solicitud de devolución de la tasa deberá dirigirse a la Delegación o Subdelegación del Gobierno que tramite o haya tramitado el expediente, correspondiente a la tasa cuya devolución se solicita.
La solicitud de devolución podrá ser presentada físicamente en la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente.
También se podrá presentar de forma telemática a través del Registro Electrónico Común. Indicando, en el campo relativo al destinatario: la Delegación o Subdelegación del Gobierno competente para tramitar la devolución de la tasa. El acceso al Registro Electrónico Común figura en el segundo enlace de este articulo.
- Modelo de solicitud de devolución de ingresos indebidos.
- Registro electrónico común: rec.redsara.es
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Importante
Se debe indicar como «Organismo destinatario» la Delegación o Subdelegación del Gobierno competente.
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