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El subsidio para mayores de 52 años es uno de los más importantes dentro del abanico de ayudas asistenciales que abona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Además, es quizá el más peculiar debido a su propia naturaleza, cercana a la edad de jubilación y destinado específicamente a las personas que se encuentran en desempleo y están cerca de finalizar su vida laboral.
De hecho, existe la posibilidad de acceder a la jubilación desde una situación de cobro de este subsidio. Incluso desde alguna de las modalidades de jubilación anticipada que permiten adelantar la edad de jubilación entre dos y cuatro años respecto a la edad ordinaria, que actualmente es de 66 años y dos meses para las personas con menos de 37 años y seis meses cotizados y de 65 años para el resto de trabajadores.
Requisitos de acceso al subsidio para mayores de 52 años
Para poder cobrar un subsidio por desempleo para mayores de 52 años el ciudadano ha de cumplir una serie de requisitos que no solo se deben cumplir en el momento del acceso a la ayuda, ya que también hay que acreditarlos durante el periodo de cobro de la prestación:
- Tener al menos 52 años de edad.
- Estar en una situación legal de desempleo, suscribir el compromiso de actividad con el SEPE y estar inscrito como demandante de empleo.
- Cumplir todos los requisitos para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación, salvo el de la edad.
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Durante la percepción del subsidio, a diferencia de otros subsidios, se tendrá la ventaja de seguir cotizando para la jubilación. En concreto, la base de cotización será del 125 % de la base mínima para contingencias comunes vigente en cada momento.
Requisitos para la jubilación anticipada voluntaria tras el subsidio para mayores de 52 años
Las personas que cobren este subsidio podrán acogerse a alguna de las jubilaciones anticipadas si cumplen, a su vez, los requisitos para poder beneficiarse de ellas. El caso más habitual es el de las jubilaciones anticipadas voluntarias, que como su propio nombre indican se ejecutan por la propia voluntad del trabajador. Para poder hacerlo, se deben acreditar varios requisitos:
- Tener como máximo dos años menos de la edad ordinaria de jubilación.
- Tener al menos 35 años de cotización, de los cuales dos deben darse en los 15 años previos a la solicitud de jubilación. Al cómputo global se puede sumar un año procedente de la ‘mili’ o la prestación social sustitutoria.
- Tener derecho a una pensión de cuantía superior a la pensión mínima .
- Estar dado de alta en la Seguridad Social en una situación asimilada.
Cuantía a percibir
La cuantía mensual del subsidio es de 463 euros y su duración se prolongará hasta que se alcance la edad ordinaria que se le exija para tener derecho a la pensión contributiva. Hay que destacar la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada desde una situación del cobro de este subsidio para mayores de 52 años, por lo que podría adelantar la edad de la jubilación entre dos y cuatro años con respecto a la ordinaria.