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La Seguridad Social mantiene la subida temporal del 15 % también en julio de esta ayuda, dirigida a quienes se encuentran en una situación económica difícil, esta subida se mantendrá hasta el 31 de diciembre.
Habitualmente las prestaciones por parte de la seguridad social, se suelen destinar a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo o personas que tienen muy pocos recursos económicos y que están al cargo de familiares.
Conocer los requisitos es fundamental
La clave para acceder a esta prestación de la seguridad social es saber como solicitar y revisar los requisitos previos. Ya que es necesario cumplir una serie de condiciones y no superar ciertos niveles de renta para que la aprueben.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una de las prestaciones de la Seguridad Social que se destinan a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad económica con el fin de prevenir el riesgo de exclusión social. Para determinar la cuantía que recibe el beneficiario se tiene en cuenta, además de la renta, la unidad de convivencia o si existe algún un grado de discapacidad reconocida, por lo que el importe es variable y se ajusta en función de la persona solicitante.
¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital (IMV)?
El IMV es una prestación económica que ofrece el Estado para asegurar que las personas tengan acceso a los bienes básicos que se necesitan para tener una vida digna.
Los tres requisitos básicos para solicitarlo son:
- El cumplimiento de los umbrales de renta establecidos.
- Tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años.
- Haber estado viviendo, como mínimo, un año legalmente en España (este último criterio no se tiene en cuenta si se es víctima de violencia de género o explotación sexual).
Además, hay que cumplir los requisitos de nacionalidad, edad, búsqueda de empleo y patrimoniales; habrá que tener unos ingresos mensuales por debajo de la renta garantizada para su tipo de hogar y un patrimonio máximo por debajo del permitido en su tramo.
Mejoras introducidas en 2022
En primer lugar, el IMV subió un 3 % en 2022, junto a las pensiones mínimas y no contributivas e introdujo una serie de mejoras significativas:
Complemento de ayuda a la infancia
Este complemento se aprueba para beneficiarios con menores a cargo y otras familias de rentas bajas.
La cuantía mensual de este complemento varía dependiendo de la edad de los menores, siendo:
- 100 € mensuales por hogar con niños de 0-3 años.
- 70 € mensuales por hogar por cada niño entre 3 y 6 años.
- 50 € mensuales por hogar por cada menor de entre 6 y 18 años.
Este complemento lo cobrarán los actuales beneficiarios del IMV y otros hogares con rentas bajas.
Ampliación de coberturas a jóvenes tutelados por entidades públicas
En este sentido, podrán acceder también, en este caso, jóvenes de entre 18 y 22 años.
Personas con discapacidad
Las personas con discapacidad superior al 65 % disponen de un complemento del 22 % para la unidad de convivencia.
Complemento de monoparentalidad
Se aprobó un complemento del 22 % de la cuantía mensual de la pensión no contributiva unipersonal.
Cuantiás reconocidas
La Seguridad Social determina unas cuantías entre las cuales se determina el ingreso, que van desde los 5.899,60 euros anuales (491,63 al mes) hasta los 14.277,03 euros anuales (1.189,75 euros al mes). Este 2022 la seguridad social ha aumentado la cuantía de esta paga, en función de cada uno de los supuestos.
La subida consistirá en aplicar un 15 % al importe mensual reconocido. Incluyendo los complementos mensuales reconocidos, y excluyendo los importes correspondientes a periodos previos, así como a otros conceptos de periodicidad no mensual que hubieran podido acumularse.
Por lo tanto, a todas las cuantías reciban los beneficiarios del IMV habitualmente, habrá que sumarles un 15 % más también este mes de julio.
Quedando las cuantiás de la siguiente forma:
- Un beneficiario: 565,37 euros al mes.
- Un adulto y un menor o dos adultos: 734,99 euros mensuales.
- Un adulto y dos menores: 904,60 euros al mes.
- Dos adultos y un menor: 904,60 euros mensuales.
- Dos adultos y dos menores: 1.074,15 euros al mes.
- Dos adultos y tres o más menores: 1.243,83 euros mensuales.
- Hogar monoparental de un adulto y un menor: 859,37 euros al mes.
- Hogar monoparental de un adulto y dos menores: 1.028,99 euros mensuales.
- Hogar monoparental de un adulto y tres o más menores: 1.198,60 euros al mes.
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¿Qué entidades realizaran el adelanto? (Actualizando)
La Seguridad Social realiza el pago del IMV entre el día 1 y el día 4 de cada mes. Aunque por parte de las entidades bancarias, se está anticipando este pago al igual que hacen con las pensiones, realizándolo algunas entidades a partir del 23 de cada mes.
Por el momento estas son las entidades financieras que han indicado que realizaran el pago anticipado:
Fechas de pago confirmadas por las entidades bancarias (Actualizando)
Aunque lo habitual es que la Seguridad Social realice el pago entre el día 1 el cuatro de cada mes y concretamente seria el 1 de agosto. Algunos bancos adelantaran a sus clientes este pago entre el 21 y el 26 de julio.
Este mes el primer día de pago confirmado por algunas entidades bancarias, cae en jueves y se deberá tener en cuenta que el día 25 de julio es festivo en algunas comunidades, por lo que el pago se realizaría el siguiente día hábil.
- Abanca: ingresará la pensión el día 26
- Banco Sabadell: ingresará la pensión el día 25
- Banco Santander: ingresará la pensión el día 22
- Bankinter: ingresará la pensión el día 21
- BBVA: ingresará la pensión el día 25.
- CaixaBank: ingresará la pensión el día 24
- Cajamar: ingresará la pensión el día 25
- Ibercaja: ingresará la pensión entre el 25.
- ING: ingresará la pensión el día 25
- Kutxabank: ingresará la pensión el día 25
- Unicaja Banco: ingresará la pensión el día 25
Esta información ha sido obtenida a través de los chats de consulta y los diferentes buzones de atención al cliente, de las entidades bancarias.
Si pasada la fecha aún no se ha efectuado el pago, lo normal es que llegue en las fechas mencionadas anteriormente (entre el 1 y el 4 de agosto). En cualquier caso, el cobro del IMV se puede ver reflejado en la cuenta bancaria del beneficiario en horario de mañana, entre las 9:00 y las 12:00 horas, con lo que la notificación puede llegarte hasta el mediodía.
[box type=»info» align=»» class=»» width=»»] Seguiremos ampliando esta información según se pronuncien los demás bancos. Si tienes información verificada por alguna entidad bancaria sobre las fechas de pago, puedes escribirla en comentarios. [/box]