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La Renta mínima de Inserción (RMI), es una ayuda social que reciben aquellas personas que no tienen los ingresos mínimos necesarios para cubrir sus necesidades básicas para la vida cotidiana.
Se gestiona a través de las consejerías de asuntos sociales de las respectivas comunidades autónomas y algunas permiten realizar el tramite Online. Por lo tanto, los requisitos, documentación a presentar y determinados puntos de su gestión, variarán dependiendo de la comunidad.
Sin embargo, podemos considerar que la RMI cubre un colectivo determinado de la población, que suelen compartir ciertos requisitos generales.
Requisitos generales
- La unidad familiar deberá estar empadronada en la comunidad autónoma en la que solicita la RMI.
- Tener nacionalidad española o de otros países cuando se acredite la residencia legal en la Comunidad.
- El solicitante deberá tener entre 25 y 65 años. Se contemplarán excepciones para personas cuya edad no se encuentre dentro de esa horquilla.
- Carecer de recursos económicos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas de la vida, normalmente, no podrán superar entre el 70% y 75% del IPREM.
- Acreditar que se han solicitado previamente, de los organismos correspondientes, las pensiones y/o prestaciones a que tengan derecho.
- Suscribir el plan de inserción que se establezca y colaboren en el establecimiento del mismo.
Duración y cuantía
Como ya hemos mencionado, cada Comunidad Autónoma gestiona esta renta de manera diferente, y sus condiciones y características varían.
Las cuantías a percibir, suelen estar relacionadas con el 70% del salario mínimo interprofesional (SMI), o el 75% del IPREM.
Además, las cantidades variarán en función de la composición de la unidad familiar, de los hijos menores a cargo, personas dependientes o con alguna discapacidad.
En cuanto la duración, pasa lo mismo que con la cuantía, que varía. En algunas comunidades se recibe durante 6 meses, y otras durante un año. También se dan ocasiones que se puede renovar siempre y cuando se continúen cumpliendo con los requisitos establecidos.
Dónde solicitar esta ayuda
Lo más recomendable para obtener toda la información posible, y recibir un asesoramiento completo, es acudir a los Servicios Sociales comunitarios de nuestra zona, donde las Trabajadoras Sociales nos atenderán y nos proporcionarán las claves necesarias para realizar el trámite de forma correcta.
También se puede realizar el trámite en la Delegación correspondiente en nuestra Comunidad Autónoma.
Enlaces para cada Comunidad Autónoma
- Andalucía: Renta Mínima de Inserción Social
- Aragón: Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital
- Asturias: Salario Social Básico
- Baleares: Renta Social Garantizada
- Castilla y León: Renta Garantizada de Ciudadanía
- Castilla: Ingreso Mínimo de Solidaridad
- Cataluña: Renta Garantizada de Ciudadanía
- Canarias: Prestación Canaria de Inserción
- Cantabria: Renta Social Básica
- Ceuta: Ingreso Mínimo de Inserción Social
- Extremadura: Renta Extremeña Garantizada
- Galicia: Renta de Inclusión Social (RISGA)
- La Rioja: Renta de Ciudadanía
- Madrid: Renta Mínima de Inserción,
- Melilla: Ingreso Melillense de Integración
- Murcia: Renta Básica de Inserción
- Navarra: Renta Garantizada
- País Vasco: Renta de Garantía de Ingresos
- Valencia: Renta Valenciana de Inclusión