El trabajador parcial es aquél que realiza un número de horas inferior a lo que se considera jornada completa.
El Estatuto de los Trabajadores define como jornada completa, aquel que realiza 40 horas a la semana. Sin embargo, el convenio colectivo puede establecer una jornada completa inferior, por ejemplo, de 35 horas.
El coeficiente de parcialidad es el porcentaje de jornada que realizamos respecto a la jornada completa y ese porcentaje va a determinar nuestros topes máximos y mínimos a la hora de tener derecho a desempleo. Es por ello, que, si has estado trabajando y cotizando a tiempo parcial, el desempleo que podrás recibir también será parcial, y no completo.
En el año 2012 hubo una reforma laboral que introdujo el llamado “subsidio parcial”. Donde tener contratos a tiempo parcial puede significar que en algunos casos el trabajador no cobre los subsidios por desempleo al 100%, sino también reducidos.
Antes de la reforma de 2012, quien cumplía los requisitos para acceder a un subsidio, siempre lo cobraba íntegramente (los actuales 451 euros mensuales de ayuda), y no se tenía en cuenta si su último contrato había sido a jornada completa o parcial. Tras aquella reforma y hasta ahora, si el último de los contratos es un contrato a tiempo parcial, el trabajador únicamente recibe la parte proporcional del subsidio.
Cuantía y duración
La cuantía del subsidio por desempleo será igual al 80 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento. En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.
Es decir, que teniendo en cuenta que el IPREM ha aumentado en el año 2021 hasta los 564,9 euros y la cuantía del subsidio es del 80%, se percibiría 451,92 euros por una jornada completa. Por lo tanto, si ha trabajador a media jornada, tendrá derecho al 50% del subsidio, siendo 225,96 euros al mes.
En cuanto a la duración, en los casos de subsidios parciales, no varía la duración del derecho en relación a aquellos desempleados tras jornada completa.
Excepciones
Los supuestos en los que se aplica el subsidio parcial son la gran mayoría, como: ayuda familiar, subsidio por cotización insuficiente, mayores de 45 años, etc.
Siendo las únicas excepciones donde no se aplica la parcialidad:
- El subsidio para mayores de 52 años
- El subsidio para emigrantes retornados
- El de liberados de prisión
- Los casos de revisión de incapacidad, en los que por ser casos muy específicos no se tiene en cuenta la existencia de un contrato previo a tiempo parcial.
Contratos con distintas jornadas
Es bastante usual que las personas se encuentren con que, en los últimos meses han tenido distintos tipos de contrato, en los cuales ha variado el tipo de jornada y las horas cotizadas, en ese caso, tendremos que diferenciarlos para ver qué ocurre:
- Si los contratos son independientes unos de otros (contratos con distintas empresas, o bien con la misma pero distintas funciones, puesto de trabajo, etc.), la norma general es que se cobrará el subsidio en función del porcentaje de horas trabajadas en el último de los contratos.
- Si los contratos no son independientes, sino que el trabajador ha estado trabajando para una misma empresa con distinta parcialidad: unos meses a jornada completa, otros a media jornada. En ese caso se hace una media ponderada y en función de esa jornada media, por ejemplo 58% de media de horas trabajadas, se paga el subsidio.