Así aumentaran las cuantías de las pensiones mínimas y no contributivas en 2022 con la nueva reforma
El Gobierno mejora la cobertura de los cuidadores no profesionales de personas dependientes
Así será la ayuda de hasta 100€ por hijo para perceptores del Ingreso Mínimo Vital
En los últimos días, numerosos solicitantes del Ingreso Mínimo Vital (IMV), están conociendo que las cuantiás reconocidas con la actualización de esta ayuda, no son las esperadas, en base a los datos presentados con la ultima declaración de la renta.
Ante estos importes, muchos perceptores se muestran disconformes, debido a que no coinciden con los cálculos que han realizado en relación a las cuantiás estipuladas, sus ingresos y patrimonio y la propia declaración presentada.
Para realizar el calculo, la Seguridad Social obtiene los datos sobre nuestros ingresos y patrimonio cruzando datos con la Agencia Tributaria.
Ante esta situación, lo primero es corroborar la cuantía con la Seguridad Social y si no nos cuadra, la mejor opción es reclamar.
¿Cómo solicito que revisen la cuantía que me han asignado?
Para que revisen y corrijan el importe que nos han concedido al actualizar, en caso de ser erróneo, la opción seria reclamar.
En primer lugar deberemos confirmar que nuestros cálculos son correctos. Disponemos de varias opciones para comprobarlo, dependiendo de si hemos hecho la declaración o no:
- Si hemos realizado la declaración de la renta podremos revisarla, para confirmar el calculo. Si no disponemos de una copia, solicitaremos este documento a Hacienda. Esto podremos hacerlo Online o mediante cita previa.
- Si NO hemos realizado la declaración de la renta podremos solicitar un certificado tributario de IRPF. Podremos tramitarlo Online o presencialmente con cita previa.
¿Qué debo hacer para presentar la reclamación previa?
Se debe presentar un escrito, en el cual se incluya toda la información precisa para acreditar que el importe otorgado en la resolución, es erróneo.
En este caso aportaríamos uno de los documentos, que hemos mencionado anteriormente dependiendo de si hemos hecho la declaración o no. También podemos adjuntar una declaración jurada de ingresos y patrimonio.
No se requiere un formulario o forma específica, pero existen una serie de datos y contenidos que el escrito debe incorporar, tales como:
- Organismo al que se dirige la reclamación previa.
- Nombre, apellidos, DNI/NIE, además del domicilio a efectos de notificaciones, así como los datos de contacto pertinentes, como teléfono o correo electrónico.
- Hechos, alegaciones y petición al INSS, donde expondremos que se nos ha denegado el IMV por “X” razones, así como nuestros motivos para reclamar que dicha motivación no es correcta.
- Lugar, fecha y firma de quien presenta reclamación previa y/o su representante.
- Documentación anexa que acredite nuestra reclamación.
Es importante tener en cuenta que podemos valernos de instituciones especializadas para que nos asesoren a la hora de rellenar la reclamación.
Podemos acudir a los servicios sociales comunitarios de referencia, asociaciones o ONGs, sindicatos, incluso podemos consultar a un asesor, gestor o abogado, en el caso de contar con alguno de ellos.
Presentación de la reclamación previa
Este escrito se puede presentar mediante dos vías: de manera telemática, o presencial. En el caso de escoger la vía telemática para tramitar nuestra reclamación, deberemos contar en algunos casos, con certificado electrónico o sistema Cl@ve.
- Registro Electrónico General de la AGE: rec.redsara.es
- Reclamación previa a través de presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones.
Para presentarlo de manera presencial será necesaria cita previa. Proponemos las dos opciones más recomendables:
- En las oficinas de la Seguridad Social. Como ya hemos dicho, se necesitará cita previa para poder presentar nuestro documento.
- Otro lugar donde podemos entregar la reclamación es en las distintas Oficinas de Atención Ciudadana, conocidas también como Registro. Dependiendo del sistema de cada oficina habrá que pedir cita previa, o se atenderá por orden de llegada. Aunque actualmente, la mayoría de las oficinas de registro se valen de cita previa como medida de prevención ante la pandemia.