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- Modificar tu cuenta bancaria en el SEPE para recibir tu prestación por desempleo
- Cuantas veces se puede cobrar el subsidio por desempleo
- Subsidio Extraordinario por Desempleo: La ayuda del SEPE si has agotado todos los subsidios por desempleo
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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece un subsidio para las personas que no han cotizado nunca. En este artículo te lo mostramos.
El derecho a paro (prestación contributiva por desempleo) se genera cuando se ha cotizado a la Seguridad Social, al menos, 360 días en los últimos seis años antes de su solicitud. Siempre y cuando el trabajador haya perdido su empleo de forma involuntaria. Por tanto, si nunca ha trabajado, no podrá acceder a esta prestación.
Hay excepciones, que cuando no se reúne ese requisito, hay algunas ayudas, como el Subsidio por cotización insuficiente, que se cobra en función del tiempo que se ha cotizado y de si el parado tiene o no responsabilidades familiares, es decir, cónyuge a cargo o hijos menores de 26 años que convivan con él.
¿Existe un subsidio para las personas que no han cotizado?
Por último, existen algunas situaciones en las que se puede solicitar un subsidio por desempleo aunque no se haya cotizado nunca a la Seguridad Social. Son las siguientes:
- Personas liberadas de prisión. En el caso de que el solicitante se haya visto sometido a una pena privativa de libertad de, al menos seis meses, podrá solicitarla siempre que se cumplan todos los requisitos para ello:
- Estar desempleado.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- Suscribir compromiso de actividad.
- Carecer de rentas propias que no superen el 75% del Salario Mínimo equivalente a 810 euros.
- No haber rechazado una colocación adecuada.
También se pueden beneficiar de esta ayuda de 480 euros mensuales los menores liberados de un centro de internamiento mayores de 16 años, en el momento en que son puestos en libertad. Así como las personas que hayan cumplido con un programa de desintoxicación; siempre y cuando, su duración sea superior a 6 meses.
- Perder una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez por mejoraría del estado de salud. El desempleado podrá pedir este subsidio si estaba cobrando una pensión debido a una incapacidad y, al mejorar su situación, la perdió.
- Emigrantes que regresan a España. Esta ayuda va dirigida a españoles que retornan a España y que han trabajado, al menos, un año en los últimos seis desde su última salida de España en países que no pertenecen al Espacio Económico Europeo, Unión Europea o Suiza. Se mantienen los requisitos:
- Haber trabajado como mínimo en el extranjero 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España.
- Cumplir también con el compromiso de actividad.
- Carencia de rentas mínimas.
La duración del subsidio es de 6 meses, prorrogables hasta un máximo de 18 meses siempre que se mantengan los requisitos. El importe a cobrar es de 480 euros al mes en 2023.
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Otras opciones
Por otro lado, si no has trabajado nunca también se puede optar a una Renta Activa de Inserción (RAI), una prestación pensada para proporcionar al beneficiario los medios necesarios para que pueda volver a formar parte del mercado laboral.
Para recibir la Renta Activa de Inserción (RAI) debe encontrarse necesariamente en una de estas cuatro situaciones:
- Parados de larga duración mayores de 45 años.
- Emigrantes retornados mayores de 45 años.
- Víctimas de violencia de género o doméstica.
- Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
La RAI se puede cobrar durante 11 meses como máximo y se puede solicitar hasta tres veces. Se cobra el 80% del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples), 480 euros al mes (importe ya actualizado para el año 2023), al igual que el subsidio por desempleo. Normalmente el pago se hace el día 10 de cada mes.