La renovación de la tarjeta de demandante de empleo no es automática, con alguna excepción
Este es el tiempo máximo que podremos cobrar los subsidios y prestaciones del SEPE
Mes de carencia: ¿cómo cumplo este requisito obligatorio del SEPE, para cobrar la ayuda?
Según la normativa vigente, aquellas personas que figuren inscritas como demandantes de empleo, independientemente de si están percibiendo alguna prestación, tienen la obligación de comunicar a la oficina de empleo correspondiente la dirección de su nuevo domicilio.
Comunicación obligatoria
La obligación de comunicar un cambio de domicilio, se establece tanto para aquellas personas que únicamente figuren inscritas como demandantes de empleo y las que además están percibiendo alguna prestación o subsidio por desempleo.
Esto será necesario para poder coordinar las acciones de reinserción laboral. Así como el control de las prestaciones en el caso de que la persona sea beneficiaria de alguna de ellas.
El hecho de no comunicar el cambio de domicilio al SEPE o Servicios de Empleo Autonómicos puede conllevar que no recibamos notificaciones, y podamos llegar a ser sancionados.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y los Servicios de Empleo Autonómicos, conforman el actual Sistema Nacional de Empleo y cada uno de ellos asume funciones distintas:
- El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), es el encargado de gestionar las prestaciones y subsidios por desempleo.
- Los Servicios de Empleo Autonómicos, son los organismos encargados de las políticas activas de empleo; acciones de formación, ocupación, gestión de ofertas de empleo, renovación de demandas de empleo, etc.
Por ello, a la hora de notificar un cambio de domicilio debemos conocer cuál es nuestra situación para poder comunicarlo correctamente ante el Servicio de Empleo correspondiente.
Personas beneficiarias de la prestación contributiva o subsidios por desempleo
En el caso de estar recibiendo algún tipo de ayuda económica por parte del SEPE, se deberá comunicar el cambio de domicilio al Servicio de Empleo Autonómico y además deberá notificarlo al Servicio Público de Empleo Estatal.
Una vez lo comuniquemos, ambas oficinas procederán al traslado de expediente, si este procede.
Personas inscritas como demandantes de empleo sin cobrar prestaciones o ayudas
Aquellas personas que únicamente figuren inscritas como demandantes de empleo, y no estén cobrando el paro ni subsidios por desempleo, tendrán que comunicar el cambio de domicilio al Servicio de Empleo Autonómico que se encuentre en la oficina de empleo que corresponda con su nuevo domicilio para que soliciten el traslado de expediente.
Cómo realizamos esta notificación
La comunicación en cuanto a los cambios de domicilio debe realizarse de forma presencial.
Habrá que acudir personalmente a la oficina de empleo, y no existe la posibilidad de notificarlo por otros medios como internet o teléfono.
Cabe recordar que siempre debe comunicarse ante la oficina de empleo que corresponda con el nuevo domicilio y no el antiguo. Tampoco deberás informar a este último de su traslado, sino que se encargarán los Servicios de Empleo correspondientes.
Además, no solo tendremos que comunicarnos, si no que será necesario aportar cierta documentación:
Si el desempleado únicamente figura inscrito en la Oficina de Empleo autonómica:
- Documentación identificativa: DNI, NIE, pasaporte, etc.
- Certificado de empadronamiento, o en caso de haberlo gestionado recientemente y no contar con él, el resguardo de solicitud.
Si la persona desempleada percibe algún tipo de prestación o subsidio:
- Documentación identificativa: DNI, NIE, pasaporte, etc.
- Certificado de empadronamiento, o en caso de haberlo gestionado recientemente y no contar con él, el resguardo de solicitud.
- Deberá presentar la solicitud de la prestación o subsidio que esté percibiendo en la que aparezca el nuevo domicilio, es decir, deberá presentarla como si fuera a solicitarla por primera vez.