Si tras presentar la declaración de la Renta consideramos que la declaración contiene errores u omisiones en los datos declarados. Como por ejemplo una declaración indebida de alguna renta exenta, cómputo de importes con cuantía superior a la debida u olvido de alguna reducción o deducción a la que tenía derecho. Es posible solicitar la rectificación de nuestra autoliquidación accediendo nuevamente al expediente de Renta y marcando la casilla 127 de solicitud de rectificación.
¿Para que se realiza este procedimiento?
Esta solicitud se realiza para iniciar un procedimiento de rectificación de una autoliquidación, por resultar una cantidad a devolver superior a la solicitada o una cantidad a ingresar menor. También se utilizará esta opción si necesita informar de un dato que no afecta al resultado de la declaración.
Por otro lado, si los errores u omisiones en declaraciones ya presentadas han motivado la realización de un ingreso inferior al que legalmente hubiera correspondido o la realización de una devolución superior a la procedente deben regularizarse mediante la presentación a través de Renta WEB de una declaración complementaria a la originalmente presentada.
Cómo modificar una declaración de la renta ya presentada
En primer lugar, accederemos a la sede electrónica de la Agencia Tributaria desde el siguiente enlace: agenciatributaria.es
El acceso a la opción » Modificación de una declaración ya presentada« puede realizarse desde el portal Renta 2020, en el apartado «Más trámites», «Modifique su declaración ya presentada».
También desde la opción «Modificación de una declaración ya presentada» ubicada en la relación de trámites electrónicos para el modelo 100 en la Sede Electrónica.
El acceso requiere identificarse con firma digital, Cl@ve PIN, con certificado electrónico, DNIe o con el número de referencia del expediente de Renta.
Acceso al expediente
Revisaremos que nuestra declaración esté presentada: en «Estado de la Tramitación» aparece el mensaje «Su declaración se está tramitando» y en «Historia del Expediente» dispone de la «Grabación de la declaración». Para acceder a la rectificación, en «Servicios Disponibles», haremos clic en la opción «Modificación de declaración».
Al iniciar Renta WEB se mostrará una ventana para continuar con la última sesión de trabajo guardada, modificar la declaración presentada o generar una nueva declaración. A continuación pulsaremos en «Modificar declaración presentada».
Si hemos realizado varias presentaciones, en una nueva ventana podremos seleccionar aquella autoliquidación que deseemos rectificar.
Accederemos directamente a la página de la declaración en la que indicar el tipo de modificación: si se trata de una declaración complementaria o una rectificación de la autoliquidación, apartado «Datos generales».
Rectificación de la autoliquidación
La rectificación de la autoliquidación podrá realizarse:
- Siempre que la Administración tributaria no haya practicado liquidación definitiva o liquidación provisional por el mismo motivo.
- Es necesario que no haya transcurrido el plazo de cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación, o desde el día siguiente a la presentación de la declaración si ésta se presentó fuera de dicho plazo.
También podremos presentar la rectificación desde presentaciones externas o desde fichero.
Marcaremos la casilla 127 y, en la nueva ventana, la opción «Si desea iniciar un procedimiento de rectificación…». Se mostrarán los datos de la anterior autoliquidación: el resultado a ingresar de anteriores autoliquidaciones o liquidaciones administrativas correspondientes al ejercicio 2020 (casilla 670) o bien el resultado a devolver (casilla 695) y el «Número de justificante de la autoliquidación» de la autoliquidación cuya rectificación se solicita. Además, indicaremos el número de cuenta (IBAN) en el que deseemos que se realice la devolución.
Al incluir estos datos aparecerá un aviso en el que se informa de que si la declaración se ha de presentar en modalidad conjunta, la introducción de estos datos en la declaración, debe realizarse también desde esta modalidad.
En el caso de una declaración complementaria, marcaremos la casilla 107 o la alternativa para indicar la causa que motiva la presentación de la declaración complementaria.
Modificación o inclusión de datos
Después de facilitar esta información, lo recomendable es trabajar sobre la declaración presentada. Ya que la nueva comprenderá, además de los datos reflejados en la autoliquidación originaria, los de nueva inclusión o modificación. Para seguir cumplimentando la declaración, podemos navegar por los distintos apartados desde las flechas disponibles o accediendo a «Apartados».
Tras subsanar los errores u omisiones de la autoliquidación, podremos verificar los cambios desde «Resumen de declaraciones» y comprobar también el resultado de la declaración.
Presentación de la declaración modificada
A continuación, podemos verificar los datos utilizando el botón «Validar» y confirmar si la declaración está correctamente cumplimentada. Por último, pulsaremos el botón «Presentar declaración» para finalizar el procedimiento.
Al acceder de nuevo a nuestro expediente podremos visualizar la declaración presentada en primera instancia y la rectificación posterior.
Información adicional
- Servicio de atención telefónica de la Agencia Tributaria.
- Solicitar cita previa para presentar la declaración de la renta.
- Cómo presentar una declaración complementaria en Renta WEB
- Realizar tramites con la Agencia Tributaria desde el teléfono móvil: APP AEAT
- Cómo ver y modificar el borrador de la renta 2020
- Realizar una simulación de nuestra declaración de la renta: Renta Web Open
- Nuestro grupo de Facebook para aclarar todas las dudas sobre la Agencia Tributaria.