Cuando no disponemos de medios o no sabemos movernos en el mundo tecnológico, las administraciones ponen a nuestra disposición oficinas de registro, para la presentación de documentos.
¿Qué tramites podemos realizar en estas oficinas?
En estas oficinas los ciudadanos pueden presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones que van dirigidos a cualquier administración Pública. Ya sea de la administración general del estado, de la administración autonómica o de la administración local.
En las oficinas de registro podremos solicitar y registrar presencialmente nuestra Cl@ve Pin o Cl@ve Permanente, así como la acreditación de la identidad para poder descargar el Certificado Digital. También es el lugar que emplea la administración para registrar los documentos que remite a ciudadanos, entidades privadas o la propia administración.
Con carácter General, las oficinas digitalizan (escanean) la solicitud y demás documentos entregados por el ciudadano. Devolviéndole el original al interesado y entregándole un recibo cuya función es la de acreditar su presentación ante la administración.
Es importante remarcar, que es probable que en algunas de estas oficinas sea necesario solicitar cita previa, para que nos atiendan.
¿En que oficinas se pueden presentar?
Los ciudadanos cuando se dirijan a cualquier administración, pueden utilizar los siguientes lugares para presentar sus solicitudes, escritos y comunicaciones:
- Los registros de cualquier formato administrativo o que pertenezca a la Administración.
- Representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- Los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezcan a la administración de cualquier comunidad autónoma.
- Oficinas de correos.
- Los registros de las entidades locales que se hayan suscrito al oportuno convenio de colaboración (Ventanilla Única)
¿En que formato puedo presentar los documentos?
Se podrán aportar documentos en formato papel o en formato electrónico. Cuando se aportan en papel, estos pueden ser documentos originales o fotocopias.
En el caso de que se presentara la documentación almacenada en soporte digital (CD, Pen Drive, etc…). En este caso el personal de la oficina de registro recogerá el soporte digital aportado por el ciudadano y por motivos de seguridad, procederá a su envió en sobre cerrado a la oficina de registro de destino.
Para cada uno de los documentos digitalizados, se señalizará su validez:
- Copia electrónica auténtica: documentos presentados por el interesado que sean digitalizados por el personal de OAMR.
- Copia: documentos no originales (fotocopias) presentados por el interesado que son digitalizados por el personal de la OAMR.
Documentación presentada en la oficina de registro
Cuando la documentación haya sido presentada por un interesado en la oficina de registro, tras su digitalización le será devuelta inmediatamente al interesado toda documentación en papel aportada, junto al justificante de presentación del registro que servirá al interesado para acreditar la fecha y la hora de la presentación del registro. Esto servirá al interesado para acreditar la fecha y la hora de presentación del registro ante la administración.
En ningún caso se enviará parte de la documentación en formato papel o cualquier otro soporte físico y soporte electrónico.
Como localizar las Oficinas de Registro y sus horarios
En el Punto de acceso General (PAG) administracion.gob.es, bajo el menú Atención e información/Buscador de oficinas y en la siguiente ventana, estará disponible:
- Relación de oficinas de Registro: tanto de la Administración General del Estado como CCAA y de las EELL.
- Buscador de Oficinas: Encuentra tu oficina, donde se puede encontrar las oficinas más cercanas a la dirección que se indique y filtrar por tipo de oficina y Administración.
- Buscador de Oficinas de registro Cl@ve: donde se pueden registrar en Cl@ve Pin Permanente o Certificado Digital. Estas oficinas pueden que requieran de cita previa.
- En las respectivas webs de cada CCAA y Ayuntamientos también está disponible la relación de oficinas de Registro dentro de su ámbito territorial.
- Registro electrónico: El Registro Electrónico es un punto para la presentación de documentos para su tramitación con destino a cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado, Organismo público o Entidad vinculado o dependiente de éstos vía Online.