Confirmado: así puedes acceder a los 6.660 euros del SEPE si no tienes derecho a prestación por desempleo

Si una persona se ha quedado sin trabajo sin llegar al año de cotización, no se queda desprotegido. Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuenta con el subsidio por cotizaciones insuficientes: se trata de una prestación para aquellos que está en situación legal de desempleo y no alcanzan los 360 días exigidos para el paro contributivo. Con esta ayuda pueden acumular, en el primer año, hasta 6.660 euros y para obtenerla deben presentar la solicitud en un máximo de seis meses desde el hecho causante y es imprescindible que esté inscrito como demandante de empleo, además de otros requisitos.

¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?

Estamos ante una ayuda que está pensada para todas aquellas personas que han perdido su empleo y no reúnen el año completo de cotización. Es decir, se trata de un salvavidas cuando el paro contributivo no llega. Para accede a esta ayuda hay que cumplir una serie de condiciones:

  • Estar en desempleo total o trabajar con una jornada parcial.
  • Haber cotizado al menos 90 días por desempleo.
  • No tener derecho a la prestación contributiva.
  • Haber cesado en el trabajo de forma involuntaria.
  • Suscribir el acuerdo de actividad.
  • Acreditar que no existen incompatibilidades para el cobro.
  • No superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional en rentas propias o, alternativamente, acreditar responsabilidades familiares (el hogar no puede superar ese umbral por miembro).
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • Presentar la solicitud dentro de los seis meses siguientes al hecho causante.

La persona que se encuentre en esta situación, que cumpla con los requisitos, tiene en este subsidio una opción para recibir una ayuda económica, siempre necesaria.

Las fechas clave para realizar la solicitud al SEPE

Al igual que con otras prestaciones, en esta el tiempo es importante. Decisivo podría decirse. La solicitud, como se dijo, debe presentarse en un máximo de seis meses desde el hecho causante. Lo primero que hay que hacer es confirmar que se cumple con los requisitos de cotización y rentas. Después, preparar la documentación que acredite tal cosa y formalizar la petición ante el SEPE dentro de ese plazo. En consecuencia, no conviene esperar: cuanto antes se inicie, mucho mejor.

La cuantía del subsidio y la reducción por tramos

La cuantía del subsidio es decreciente a medida que pasan los meses, tomando como referencia el IPREM. Así queda, con importes mensuales aproximados:

  • Primeros 180 días, un 95% del IPREM, que puede estar en los 570 euros.
  • Desde el día 181 al 360, un 90% del IPREM, unos 540 euros.
  • Desde el día 361 en adelante, un 80% del IPREM, unos 480 euros.

Por tanto, durante el primer año se pueden percibir hasta 6.660 euros.

La duración del subsidio en función de la cotización y cargas familiares

La duración se ajusta al tiempo que la persona haya cotizado y a la existencia de responsabilidades familiares. Si no existen este tipo de cargas, la normativa establece que dura 3 meses con 90 días cotizados, 4 meses con 120 días de cotización, 5 meses con 150 días y 6 meses con 180 días. Si existiesen responsabilidades familiares y se han cotizado los 180 días, el derecho se puede prolongar hasta 21 meses.

Importante recordar que el organismo competente es el SEPE, que gestiona y abona este subsidio. También que hay que mantener la demanda de empleo activa y cumplir con los compromisos del acuerdo de actividad para conservar la ayuda.

En definitiva, si una persona se encuentra en esta situación debe revisar los días cotizados y no tardar en pedir esta prestación.