Es un mes de grandes cambios para todos, sobre todo si cobras una pensión de incapacidad permanente. Y es que este mes de junio, es crucial entender qué ayudas no pueden ser combinadas con esta prestación.
Desde La Grada Online te vamos a contar cuáles son las principales incompatibilidades y las razones detrás de estas restricciones. Algo que te afecta de lleno a ti y a tu cuenta bancaria en caso de estar cobrándola.
Estas son las ayudas que no serán compatibles con la pensión por incapacidad permanente
Desde La Grada Online te vamos a contar cuáles son las principales incompatibilidades y las razones detrás de estas restricciones. Algo que te afecta de lleno a ti y a tu cuenta bancaria en caso de estar cobrándola.
Pensión de jubilación
Una de las incompatibilidades más relevantes es la combinación de la pensión por incapacidad permanente con la pensión de jubilación. Ambas prestaciones no pueden percibirse simultáneamente porque cada una responde a una contingencia diferente. Los beneficiarios deben elegir cuál de las dos les resulta más beneficiosa en el momento de jubilarse.
Pensiones no contributivas
Las pensiones no contributivas, como las de invalidez y jubilación, no son compatibles con la pensión por incapacidad permanente. Recuerda que esas ayudas están destinadas a personas que no han cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva y tienen un límite de ingresos muy estricto. Así que las dos, no son compatibles.
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Muy importante. El Ingreso Mínimo Vital está diseñado para garantizar un nivel mínimo de ingresos a las personas más vulnerables y tampoco es compatible con la pensión por incapacidad permanente. Los estrictos requisitos de ingresos del IMV hacen casi imposible que una persona que percibe una pensión por incapacidad permanente pueda acceder a esta.
Subsidio de desempleo
El subsidio de desempleo generalmente no puede combinarse con la pensión por incapacidad permanente. No obstante, existe una excepción: si un beneficiario de una pensión por incapacidad permanente total realiza un trabajo compatible con su incapacidad, genera derecho a paro y luego es despedido, puede percibir el subsidio de desempleo. Esta situación es bastante específica y requiere cumplir ciertos requisitos, como haber cotizado como mínimo 360 días.
Subsidio para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años también es incompatible con la pensión por incapacidad permanente. Esta ayuda está destinada a personas mayores de 52 años que han agotado otras prestaciones por desempleo y que continúan buscando empleo. Sin embargo, al igual que con el subsidio de desempleo, puede haber compatibilidad si el beneficiario comienza un nuevo trabajo y genera derecho a tener paro.
Compatibilidad en casos especiales
Hay ciertos casos especiales donde puede haber compatibilidad entre la pensión por incapacidad permanente y otras prestaciones. Por ejemplo, la pensión de viudedad es compatible con la incapacidad permanente, lo que permite a los beneficiarios recibir ambas prestaciones sin restricciones. Además, la compatibilidad es posible si las pensiones provienen de regímenes diferentes, como puede ser el de un régimen de autónomos, que como todos sabemos, tiene unas características diferentes al resto.
Así pues, es fundamental que los beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente se informen adecuadamente sobre las ayudas incompatibles para evitar la suspensión o reducción de sus prestaciones. Consultar con un especialista o directamente con la Seguridad Social es la mejor solución para que te saquen de dudas y puedas saber, con precisión, qué te corresponde y qué no.