Las becas generales para estudios no universitarios se dirigen a estudiantes que en el curso 2018-2019 estén matriculados en alguno de los siguientes niveles:
- Bachillerato
- Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior
- Enseñanzas Artísticas Profesionales
- Enseñanzas Deportivas
- Enseñanzas Artísticas superiores
- Estudios religiosos superiores
- Estudios militares superiores y de Grado
- Enseñanzas de idiomas en Escuelas Oficiales, incluida la modalidad de distancia
- Cursos de acceso y de preparación para pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, impartidos en centros públicos y privados concertados
- Formación Profesional Básica
Tipos de becas y cuantía
Cuantías fijas para todos los solicitantes que reúnan los requisitos:
- Beca básica: 200 €
- Cuantía fija asociada a la residencia del estudiante durante el curso escolar: 1.500 €
- Cuantía fija asociada a la renta del estudiante: 1.600 €
- Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico: entre 50 y 125 €
Cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que reúnan los requisitos:
Su importe resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta per cápita familiar y se determinará mediante la aplicación de una fórmula de reparto.
La cuantía variable a la que tuviera derecho el solicitante se calculará en una fase posterior a la determinación, para todos los solicitantes, de las cuantías fijas indicadas en el anterior apartado.
Para ciertos estudios (Idiomas en la EOI, FP Básica, Acceso a la universidad mayores de 25 años…) puede corresponder la cuantía variable mínima: 60 €
Requisitos
Requisitos generales
- Para tener derecho a beca los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos generales, a 31 de diciembre de 2017:
- Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- No poseer en el momento de solicitar la beca un título de nivel igual o superior al de los estudios para los que se pide la beca.
- Reunir el resto de requisitos académicos y económicos que especifica la convocatoria.
Requisitos académicos, económicos y de otro tipo
Además de estos requisitos generales, es necesario cumplir una serie de requisitos que se indican a continuación:
Plazo y forma de presentación de solicitudes
Plazo de presentación
- Desde el 17 de agosto de 2018
- Hasta el 1 de octubre de 2018
Forma de presentación de la solicitud
La solicitud se presenta mediante formulario on-line a través de la página web del ministerio.
En principio, no habrá que aportar documentación, pues las unidades encargadas de la tramitación (en adelante, unidades de tramitación o unidades de becas) consultarán y obtendrán de la Administración correspondiente todos los datos necesarios para verificar que se reúnen los requisitos generales, académicos y económicos. Solo en determinados supuestos muy específicos se deberá aportar la documentación concreta que se le especificará cuando cumplimente el formulario.
No obstante, en cualquier momento las unidades de becas podrán requerirle la presentación de documentación relacionada con su solicitud de beca.