Adiós a la pensión mínima de jubilación: la Seguridad Social informa su retirada para los que cobren este tipo de ingresos

No todo el mundo, incluso jubilado, cobra igual. De hecho, puede haber tal disparidad que la diferencia sea de más de 2.000 euros. Precisamente, en relación a esto, tenemos novedades que hay que destacar. La Seguridad Social ha lanzado un aviso muy importante que está relacionado con el complemento a mínimos, esa ayuda destinada a aquellos pensionistas cuya pensión contributiva, precisamente, no alcanza el mínimo legal.

Este complemento se da para asegurar que los beneficiarios reciban una cantidad suficiente para cubrir sus necesidades básicas. Pero no es un beneficio permanente y está sujeto a revisión anual.

¿Qué es el complemento a mínimos? Te lo explicamos al detalle

El complemento a mínimos es una cantidad adicional que se añade a la prestación cuando el importe de esta es inferior al mínimo legal establecido cada año por la Seguridad Social. El objetivo es garantizar que todos los pensionistas reciban una cantidad mínima para vivir cómodamente. Este complemento en sí varía según la situación personal del beneficiario, incluyendo factores que van desde la edad hasta el tipo de pensión o si tiene o no cónyuge a cargo.

Por ejemplo, para 2024, el límite de ingresos para recibir este complemento es de 8.941,33 euros anuales para aquellos que no tienen cónyuge a cargo. En el caso de pensionistas con cónyuge a cargo, el límite sube a 10.429,82 euros.

¿Quiénes pueden perder el complemento a mínimos?

El complemento a mínimos no es un derecho consolidado y, por lo tanto, está sujeto a revisiones cada año. Esto significa que, cada año, la Seguridad Social evalúa si el beneficiario sigue cumpliendo con los requisitos para recibir esta ayuda. Si un pensionista percibe más ingresos en un determinado año, ya sea por rendimientos del trabajo, capital o actividades económicas, y supera el límite establecido, puede perder el derecho al complemento.

Y no valen excusas. Si la Seguridad Social descubre que el pensionista ha superado el límite de ingresos y no lo ha declarado, puede solicitar la devolución de las cantidades percibidas por el complemento de forma retroactiva. Esto significa que el pensionista deberá devolver el dinero recibido “de más”.

Requisitos para mantener el complemento a mínimos en tu pensión

Para poder mantener el complemento a mínimos, el beneficiario debe cumplir una serie de requisitos:

  • Pensión por debajo del mínimo: El pensionista debe tener reconocida una pensión cuya cuantía sea inferior al mínimo legal establecido.
  • Límite de ingresos: El beneficiario no puede recibir ingresos adicionales (del trabajo, capital o actividades económicas) que superen el límite anual establecido por la Seguridad Social.
  • Residencia en España: Para seguir recibiendo el complemento, el pensionista debe residir en territorio español. Aunque puede haber excepciones en algunos casos de acuerdo con normativa internacional, son excepciones raras.

La revisión anual del complemento

Es importante que te quedes con que la Seguridad Social realiza una revisión cada año del complemento a mínimos para asegurarse de que los beneficiarios siguen cumpliendo con los requisitos. Así que, si es tu caso, informa siempre. La falta de declaración de estos cambios puede derivar en la retirada del complemento y en la exigencia de devolver las cantidades recibidas de forma indebida. Por eso mismo, aquellos que perciban ingresos adicionales deben tener cuidado de no superar los límites establecidos.

Por ello, es importante que los pensionistas que reciben este complemento estén al tanto de las revisiones y notifiquen cualquier cambio en su situación a la Seguridad Social para evitar problemas futuros. Y es que, con temas que involucren a la Seguridad Social, es mejor ser transparentes y claros.