Si estás viviendo de alquiler, es importante saber que podrías aprovechar la deducción por alquiler para ahorrar dinero en el IRPF.
Sin embargo, antes de lanzarte a desgravar por el alquiler, es importante que tengas claro cómo funciona y quienes pueden deducir su arrendamiento. Y es que desde 2015 solo algunas personas podrán hacerlo a nivel estatal, y las condiciones para hacerlo a nivel autonómico varían según la comunidad.
Hasta el año 2015 la deducción estatal por alquiler era universal. Todas las personas que vivían de alquiler podían beneficiarse de una deducción en el IRPF. Desde ese ejercicio ya no es así, y esta ventaja se ha convertido en algo transitorio.
La desgravación estatal en la renta por arrendamiento de vivienda es del 10,05% del alquiler que pagas sobre una base máxima de 9040€ anuales. En otras palabras, como mucho podrás deducir 904€ al año de lo que has pagado de alquiler, siempre que tu contrato sea anterior a 2015.
Además, este máximo sólo está disponible para las personas con una base imponible inferior a 17.707,2 €. A partir de ahí se va reduciendo hasta desaparecer al llegar a los 24.107,2 €. En otras palabras, si tu base imponible es superior a esos 24.107,2 €, no podrás desgravarte nada por el alquiler aunque tu contrato sea anterior a 2015.
¿Qué % de deducción corresponde a cada titular que figure en el contrato?
Matrimonio en gananciales
- Contrato a nombre de ambos conyugues:
- Conyugue 1 deducción por 50% alquiler
- Conyugue 2 deducción por 50% alquiler
Contrato al nombre de cónyuge 1 (Pago con dinero ganancial):
- Conyugue 1 deducción por 50% alquiler
- Conyugue 2 no deduce por alquiler
Matrimonio en separación de bienes
- Contrato a nombre de ambos conyugues y alquiler satisfecho al 50% por ambos:
- Conyugue 1 deducción por 50% alquiler
- Conyugue 2 deducción por 50% alquiler
Contrato a nombre de cónyuge 1
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Cónyuge 1 paga 100% alquiler
- Conyugue 1 deducción por 100% alquiler
(Conyugue 2 sin deducción por alquiler)
-
Cada Conyugue paga el 50% del alquiler
- Conyugue 1 deducción por 50% alquiler
- Conyugue 2 deducción por 50% alquiler
Pareja de hecho
- Contrato a nombre de ambos y alquiler satisfecho al 50% por ambos:
- Contribuyente 1 deducción por 50% alquiler
- Contribuyente 2 deducción por 50% alquiler
Contrato a nombre de uno de los integrantes de pareja (contribuyente 1)
- Contribuyente 1 paga 100% alquiler
- Contribuyente 1 deducción por 100% alquiler
- Contribuyente 2 sin deducción por alquiler
- Cada contribuyente paga el 50% del alquiler:
- Contribuyente 1 deducción por 50% alquiler
- Contribuyente 2 sin deducción por alquiler
Para poder deducirse por arrendamiento será preciso figurar como titular del contrato.
Información adicional
- Servicio de atención telefónica de la Agencia Tributaria.
- Cómo solicitar cita previa en la Agencia Tributaria.
- Vivienda de alquiler: ¿Cómo la declaro?
- Alquileres no declarados por propietarios ¿Cuáles son las consecuencias si Hacienda lo descubre?
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