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En caso de separación o divorcio, los progenitores están obligados a pagar los gastos extraordinarios de los hijos.
Pero ¿qué son los gastos extraordinarios? ¿Cuándo se producen gastos extraordinarios? En este artículo te explico todo lo referente a los gastos extraordinarios de los hijos. Si estás divorciado y aún no tienes claro qué son, sigue leyendo que voy a aclarar todas tus dudas.
¿Qué son los gastos extraordinarios?
Los gastos extraordinarios son aquellos necesarios para la crianza y educación de los hijos pero que no resultan previsibles. Se trata de partidas complementarias a la pensión de alimentos que, por su imprevisibilidad, no se incluyen en la cuantía de esta.
Por tanto, ante una ruptura de la pareja, habrá que distinguir entre gastos ordinarios y extraordinarios de los hijos.
Gastos ordinarios
Son todos aquellos gastos necesarios para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica de los hijos. Son gastos ya previstos e incluidos en la pensión de alimentos de los hijos.
Por ejemplo, son gastos ordinarios los que se detallan a continuación.
- Alimentos de los hijos
- Enseres personales (ropa, zapatos)
- Gastos causados al comienzo del curso escolar (matrícula, uniformes, material escolar)
- Los gastos de alquiler de la vivienda familiar
- Gastos de la comunidad de propietarios de la vivienda familiar
- Atención sanitaria primaria
- Gastos derivados del ocio de los hijos
Gastos extraordinarios
Los gastos extraordinarios son todos aquellos que, siendo necesarios para la crianza y educación de los hijos, son eventuales o no pueden determinarse al calcular la pensión de alimentos.
Tipos de gastos extraordinarios
Los gastos extraordinarios pueden ser de dos tipos:
Gastos necesarios
Son aquellos que, aun no pudiendo preverse, son imprescindibles para el desarrollo y formación de los hijos. Ejemplo de ello:
- Tratamientos médicos o facultativos no incluidos en la Seguridad Social (lentillas, gafas, psicólogo)
- Intervenciones quirúrgicas urgentes
- Tratamientos farmacéuticos con prescripción médica
Gastos no necesarios
Son aquellos que, aun no pudiendo preverse, son convenientes para el desarrollo y formación de los hijos. Ejemplos: ortodoncia, clases particulares, actividades extraescolares, estudios en el extranjero, carné de conducir, carreras universitarias.
¿Quién paga los gastos extraordinarios?
Los gastos extraordinarios se pagan por ambos progenitores. Generalmente se reparte el pago por mitad, 50% cada progenitor.
Mi opinión es que, si el divorcio se tramita de mutuo acuerdo, las partes tienen la libertad de decidir en qué proporción se van a abonar estos gastos extraordinarios.
En caso de conflicto se podrá acudir a los tribunales. Mediante el incidente de declaración de gastos extraordinarios establecido en el artículo 776.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el juez determinará si un concepto debe entenderse como gasto extraordinario y ordenará la distribución del pago.