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Es posible que, en algún momento, el titular de una cuenta bancaria puede verse en números rojos y, además, corre el riesgo de ser penalizado con las correspondientes comisiones. Ya sea por un error de cálculo, un cargo imprevisto o una confusión pueden llevar al descubierto de una cuenta bancaria.
Una practica permitida
Por eso, para contrarrestar esa situación de desprotección, el banco puede recurrir a la compensación de cuentas. El Banco de España asegura que es una práctica permitida, pero con el límite de respetar las cantidades inembargables.
Según explica el Banco de España, «consiste en traspasar dinero de una cuenta con saldo positivo a otra que está en descubierto, siempre del mismo titular». Y puede hacerlo, advierte este organismo regulador, sin que previamente lo haya comunicado en ese momento a su cliente.
Sí tendrá que haberlo hecho «de forma clara» en el contrato de la cuenta. «Si bien esta práctica es legal, conviene saber que existe una normativa que establece límites para el caso de embargos de sueldos y pensiones en cuentas bancarias», explica el Banco de España.
Esta práctica busca compensar y beneficiar al titular de la cuenta
Aunque este límite no afecta a la compensación, se considera una buena práctica bancaria que el banco, al compensar cuentas, evite traspasar la cantidad límite que forma parte del salario o una pensión que la norma considera un mínimo vital.
Este mismo criterio se aplica también al Ingreso Mínimo Vital, ya que persigue garantizar un nivel mínimo de renta a aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.
Por tanto, al tratarse de cantidades mínimas y vitales para subsistir, la entidad no debe priorizar su propio interés o derecho de compensar deudas en perjuicio del interés del cliente.