Hacienda avisa de los nuevos límites en los pagos en efectivo

Una de las mayores preocupaciones de Hacienda desde hace tiempo tiene que ver con los pagos en efectivo de los ciudadanos españoles debido a que no deja un rastro digital, a través de este método se pueden facilitar transacciones opacas, lo que fomenta la economía sumergida. Con el objetivo en mente de combatir la evasión fiscal, el fraude y el blanqueo de capitales. Este organismo ha llevado a cabo diversas estrategias, siendo una de las más recientes el establecer una serie de límites para todas las transacciones en efectivo que se realicen, además de ser más duros con las sanciones que se pueden llegar a imponer en los casos en los que la normativa no se cumpla.

Aunque cada vez, muchos de nosotros aún empleamos los pagos en efectivo para ciertas transacciones, por lo que los nuevos límites que se nos impongan en este ámbito desde Hacienda afectan a un número bastante considerable de ciudadanos españoles. Conocer perfectamente estas cuestiones puede evitarnos más de un susto, y con el miedo que le tenemos todos a Hacienda, seguro que la información de este artículo nos puede venir muy bien para que no nos multen en un futuro.

Estas son las nuevas restricciones de Hacienda en los pagos en efectivo

Desde la aprobación de la Ley 7/2012, los pagos en efectivo se han regulado de manera muy intensa, sobre todo en lo relacionado con las transacciones comerciales de tal modo que se garantice la transparencia de ellas en la medida de lo posible.

El nuevo límite impuesto por Hacienda para estas operaciones con dinero en efectivo es de 1.000 euros cuando una de las partes involucradas en la misma no sea una persona física, sino un empresario o un profesional ofreciendo un servicio. Por otro lado, tenemos los casos en que el pagador sea una persona física sin domicilio fiscal en España y que no actúe en calidad de empresario o profesional, condiciones que amplían este límite de los 1.000 euros a los 10.000 euros.

Es importante destacar que el fraccionamiento los pagos en efectivo no lo exime de cumplir esos límites, ya que Hacienda va a considerar el total acumulado por esta transacción y no cada parte por separado (que ya se conoce bien la picaresca española en cuanto a temas relacionados con el dinero). Otra advertencia de la Agencia Tributaria es que la normativa no solo recoge a los billetes y monedas en circulación, sino que engloba también otros medios como cheques bancarios al portador.

Nuestras obligaciones fiscales y las sanciones que nos pueden imponer

Los límites que existen sobre los pagos en efectivo son solo la punta del iceberg en cuanto a las obligaciones que debemos cumplir en este tipo de transacciones, ya que según la actual normativa, las partes que intervienen en la operación tienen la obligación de guardar durante un mínimo de cinco años cualquier tipo de justificante en el que se acredite el pago hecho, ya que estos pueden ser solicitados por Hacienda en cualquier momento del periodo mencionado para comprobar que todo se ha hecho conforme a la ley.

Si al revisar estos documentos, una de las partes detecta algún incumplimiento en los mismos, esta podrá presentar una denuncia ante la Agencia Tributaria en un plazo máximo de tres meses desde la fecha de la operación, siendo además el primero que denuncie el que quedará exento de responsabilidad. En caso de que ambas partes lo hagan de manera simultánea, ambos serán considerados responsables.

Las sanciones a las que se pueden enfrentar los individuos culpables pueden alcanzar hasta el 25% del valor del pago realizado en efectivo.