Son numerosos la cantidad de recibos de los que tenemos que estar pendientes en la actualidad, ya sea para pagar diferentes servicios o suministros. Para evitar los problemas, gran parte tiene los pagos domiciliados, es más cómodo. Además, la domiciliación bancaria se rige, desde 2014, por la normativa de la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA), que permite tanto a los ciudadanos como a las empresas realizar o recibir pagos en la moneda continental dentro del Espacio Económico Europeo en condiciones similares, con independencia del país en el que se haya realizado la gestión.
¿Cómo se domicilia un pago?
Para domiciliar un pago lo primero que tiene que hacer el titular de la cuenta es una autorización expresa y firmada para que, en una fecha concreta, se realicen los pagos. Esta orden puede referirse tanto a un adeudo puntual como permanente. En el segundo caso, no sería necesario dar el visto bueno a los pagos cada vez que tengan que hacerse (mes, trimestre, año) y se cargarán mientras que no se pida no hacerlo.
Es importante saber que para dar la baja de la orden de domiciliación también debe realizarse de forma expresa, en un documento con fecha y firma. La misma sólo tendrá efecto si la entregamos en el banco antes del día hábil anterior al que te pasen dicho recibo. Si no se hace así afectaría a los pagos posteriores.
¿Puedo devolver un recibo si la orden de domiciliación está en vigor?
De acuerdo a la normativa vigente sobre los servicios de pago, se contempla el derecho del cliente a ordenar la devolución de los recibos o adeudos domiciliados que la entidad tiene que atender. La devolución pude realizar en un plazo que dependerá de si el cargo estaba autorizado (ocho semanas) o no (13 meses).
A la hora de devolver un recibo autorizado deben darse dos requisitos:
- Que en el momento de autorizarlo no se especifique el importe que se iba a cargar a la cuenta inicialmente.
- Tras pagar varios recibos de una misma cantidad, se reciba otro con un importe que exceda bastante a los anteriores. Un ejemplo de este caso es el siguiente: si se domicilia el recibo de un seguro con una prima anual de 300 euros, importe especificado en póliza en el momento de la contratación, y al año cargan 310 euros, el recibo no podría ser devuelvo. Si ese mismo seguro se contrata sin especificar importe para la prima y un año cargan 500 euros y al siguiente 800, podría ser devuelto en un plazo de ocho semanas.
Sin autorización
Si una persona no ha dado el visto bueno al cargo de un recibo, puede rechazarlo sin más durante los siguientes 13 meses. En todo caso, el banco dispone de 10 días hábiles para devolver a la persona el importe íntegro o bien justificar el rechazo a la solicitud. Si niega la devolución, debe indicar cómo reclamar tanto de manera judicial como extrajudicial.
¿Qué ocurre si se devuelve un recibo?
Hay consecuencias por la devolución de un recibo. Por ello, desde una entidad bancaria pueden preguntar el motivo de la misma para evitar caer en el error en el futuro:
- Si la devolución se produce porque se gira un recibo por error o porque se necesita liquidez urgente en ese momento, si no se explica la causa hay riesgo de que la empresa suministradora crea que se anula el servicio.
- En casos particulares como los recibos que emite la Seguridad Social o la Agencia Tributaria, la devolución puede generar recargos y pérdidas de subvenciones o bonificaciones no sólo por el recibo devuelto, también por los siguientes que se dejaron de emitir.