Los envases de los productos que están a la venta en los diferentes supermercados de nuestro país están llenos de información. En los mismos podemos encontrar datos sobre el alimento en cuestión, su origen, su peso, si son alérgenos y por supuesto otra información como su nombre, consumo preferente y, por supuesto, la fecha de caducidad del mismo.
Así, antes de comprar este alimento, sobre todo si es la primera vez que lo encontramos en un establecimiento, es fundamental que se lea toda la información al detalle, puesto que puede ser clave a la hora de decantarnos por uno u otro alimento. Aunque, a veces, no es fácil comprender toda la información que nos brindan. Hay letra pequeña, tecnicismos y abreviaturas que dificultan en poder comprender que es lo que se va a compra.
Una de las grandes confusiones aparecen con los términos fecha de caducidad y fecha de consumo preferente. ¿Qué quiere decir cada una? Para ayudar a resolver esta duda aparece Daniel Ramón, miembro del Comité Científicos de Mercadona además de catedrático de Tecnología de los Alimentos. Él, mediante los diferentes perfiles de redes sociales del gigante valenciano, ha respondido en nombre de la compañía a las dudas de los consumidores.
¿Cuál es la diferencia entre fecha de caducidad y la fecha de consumo preferente?
De acuerdo a lo que dice Daniel Ramón, esta cuestión se trata “de un mito” y “no se ajusta a la realidad”, por lo que el experto de Mercadona lo explicó en los medios de la empresa. Según Ramón, “la fecha de caducidad de un producto lo que nos indica es la fecha hasta la que podemos consumirlo sin que sea un problema para nuestra salud”, mientras que “la fecha de consumo preferente lo que indica es la fecha hasta la que podemos consumir ese producto sin que su sabor o aramos hayan sufrido una variación”.
Por tanto, este miembro del Comité Científico de Mercado recalcó que “podríamos consumir un producto que está pasado de fecha de consumo preferente sin que sea un riesgo para nuestra salud”.
¿Cómo leer las etiquetas de los supermercados?
Teniendo en cuenta el Reglamento número 1169/2011 de la Unión Europea, toda etiqueta de alimentos que hay en los diferentes supermercados debe incluir de manera obligatoria “el valor nutricional, el origen del producto (no todos), el tipo de aceite utilizado en su elaboración y los alérgenos”.
Es importante destacar que el valor tradicional se mide cada 100 gramos y se lee por el porcentaje relacionada con las cantidades diarias que están recomendadas para las personas adultas, tal y como documentó 3Ducktors, un grupo de pediatras con experiencia en el cuidado de los más pequeños.
Dentro de valor nutricional están incluidos aspectos como los nutrientes e ingredientes que deben ayudar al cliente a valorar la calidad del producto que tiene entre manos y que desea comprar. El cliente debe saber que los ingredientes van escritos de mayor a menor presencia.
Otra información como es la referente a las calorías, la grasa, los hidratos de carbono, el azúcar o la sal también deben estar presentes en la etiqueta del envase. El que sea ingrediente principal tiene que estar en un 70% mínimo y el azúcar no debe aparecer entre los tres primeros.
Por último, con la idea de ayudar a los clientes, los nombres tiene que ser reconocibles para todos los posibles compradores y la lista no puede traspasar los cinco o seis ingredientes anteriores. Quien vaya a realizar la compra debe saber que las etiquetas valoran el producto a nivel nutricional en función de la ración recomendada, por lo que si se va a consumir más o menos de esta hay que calcular los valores.