En nuestro país, se pueden solicitar varios tipos de pensiones, según la situación de cada beneficiario y de los requisitos que cumpla para una de ellas. De hecho, la pensión media ampara las prestaciones contributivas de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares. Sin embargo, por otro lado, las no contributivas tienen en cuenta las de jubilación y Gran Invalidez, prestadas bajo una serie de condiciones establecidas por la Administración.
En este sentido, el Consejo de Ministros ya ha aprobado una nueva valorización de las pensiones contributivas con carácter general, un 3,8% y la subida de la cuantía al año de las pensiones no contributivas un 6,9%. Esta medida se encuadra en un plan de medidas para evitar situaciones de vulnerabilidad y gestionar las complicaciones económicas a la que están sometidos varios colectivos ante la crecida de precios de los productos de la cesta de la compra. En realidad, las pensiones que más han subido son las más bajas, que corresponden a las personas con una renta menor.
Las pensiones contributivas en España
Estas pensiones se definen como prestaciones económicas cuya duración puede ser definida o indefinida. Su concesión está supeditada, de manera general, a que el beneficiario haya tenido una relación jurídica anterior con la Seguridad Social y cumpla una serie de requisitos según el tipo de pensión. Igualmente, la cuantía se establece en función de las aportaciones efectuadas por el trabajador y el empresario, si se trata de trabajadores por cuenta ajena, en el período considerado a efectos de la base reguladora de la pensión de que se trate.
Por consiguiente, el Régimen General y los Regímenes Especiales que se encuentran en la Seguridad Social, tienen en cuenta este tipo de prestaciones dentro de la categoría de pensiones contributivas en España:
- Pensión de jubilación: La pensión de jubilación de la Seguridad Social es una prestación económica vitalicia que se otorga al trabajador en el momento que, a causa de la edad, cesa en el trabajo por cuenta ajena o propia o reduce su jornada laboral y su salario en los términos legalmente establecidos. Asimismo, el solicitante tiene que cumplir unos requisitos de edad y de cotización que varían según el tipo de jubilación que se demanda.
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- Jubilación anticipada: modalidad legal que permite al trabajador retirarse antes de cumplir la edad legal.
- Jubilación parcial: el trabajador, después de cumplir los 60 años, decide cobrar parte de su pensión a la vez que percibe un sueldo por su actividad a tiempo parcial en una empresa.
- Jubilación flexible: está concebida para los pensionistas que desean volver al mercado laboral, ya que pueden compatibilizar su pensión con un contrato a tiempo parcial, con la consecuente minoración de su prestación.
- Jubilación especial a los 64 años: es una modalidad que, con carácter general, desapareció en 2013, pero que se mantiene para ciertos puestos de trabajo.
- Incapacidad permanente: La pensión por incapacidad permanente, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona cuando está afectada por un proceso patológico o traumático y ve reducida o anulada su capacidad laboral.
- Fallecimiento: Estas prestaciones por muerte y supervivencia se otorgan para compensar la situación de necesidad económica que causa, para determinadas personas, el fallecimiento de otras. Se categorizan en viudedad, orfandad y en favor de familiares.
- Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI): es un régimen residual que se aplica a muy pocos trabajadores y que incluye las pensiones de: Vejez, Invalidez y Viudedad.
Las pensiones no contributivas en España
Son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que no disponen de recursos suficientes para su subsistencia, incluso cuando no hayan cotizado nunca a la Seguridad Social o no hayan cotizado el tiempo suficiente para poder solicitar las prestaciones contributivas. Por consiguiente, la cuantía al año de las pensiones no contributivas se establece cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Con carácter general, se fijó en 7.905,80 euros para 2025, tanto para las pensiones de jubilación como para las de invalidez. De hecho, existen dos tipos de esta modalidad de pensión: jubilación e Invalidez.
- Requisitos para acceder a la pensión no contributiva de jubilación: La pensión no contributiva de jubilación ayuda a los ciudadanos que cumplan estos requisitos una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.
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- Tener 65 años o más en la fecha de la solicitud
- Residir de manera legal en territorio española durante 10 años, entre los 16 años y la fecha de devengo de la pensión, de los cuales dos años tienen que ser consecutivos y anteriores a la solicitud de la pensión.
- Requisitos para acceder a la pensión no contributiva de invalidez:
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- Ser mayor de 18 años y menor de 65 en la fecha de la solicitud
- Residir de manera legal en territorio español durante cinco años, los dos últimos seguidos justo antes de la fecha de la solicitud
- Tener una discapacidad o enfermedad crónica en un grado igual o superior al 65%.