Desde el Ministerio de Hacienda se ha extendido a los jubilados de otros sectores las deducciones fiscales en el Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (IRPF) a las que, de acuerdo con una sentencia del Tribunal Supremo, tienen derecho los profesionales del sector de la banca por cotizaciones aportadas en las mutualidades laborales antes de la creación del actual sistema de Seguridad Social en 1978.
Esta medida podría beneficiar a miles de pensionistas, sobre todo del ámbito de la industria y la minería. Desde fuentes sindicales se asegura que hay una “aluvión” de consultas para acceder a estas deducciones por parte de quienes cotizaron entre 1967 y 1978, que podrían tener una devolución de hasta 4.000 euros.
Mediante mutualidades laborales
Hasta 1967, en España, los trabajadores garantizaban su pensión futura mediante las aportaciones a las mutualidades laborales, que eran corporaciones de derecho público que estaban tuteladas por el Ministerio de Trabajo. Dichas cuotas tributaban en el Impuesto de la Renta al 100%.
Entre 1967 y 1978 estas mutualidades funcionaron como entidades gestoras de la Seguridad Social y ahí las aportaciones sí se consideraron gastos deducibles. En ese tiempo, las mutualidades convivieron con un incipiente sistema de Seguridad Social que sería definitivo en 1978, año en el que se inició el modelo actual.
Así, una reciente sentencia del Tribunal Supremo señala que los jubilados de la banca que hicieron las aportaciones a las mutualidades en esos años sólo deben tributar en el IRPF por el 75% y no por el 100% para evitar así una doble imposición. Por lo tanto, todos aquellos que realizaran la Declaración de la Renta por el total tienen derecho a que, en los cuatro últimos ejercicios fiscales, la Agencia Tributaria les devuelva el 25% por el que no debieron tributar. Esta devolución, en muchos casos, oscila entre los 3.000 y los 4.000 euros por persona.
Hacienda avisa sobre el cobro a plazos
La felicidad no es total, también hay malas noticias. Y es que desde la Agencia Tributaria se ha detenido las devoluciones a cientos de mutualistas asturianos que todavía no han recibido el dinero que había demandado por haber tributado más por sus pensiones en los últimos cuatro años. Hacienda, que le pasado marzo habilitó un formulario para canalizar todas las reclamaciones, ha decido dejar sin efecto las devoluciones a todavía estaban pendientes de resolución, cerca del 20% del total. Desde el órgano tributario se ha adoptado un nuevo sistema que obligará a los pensionistas a volver a reclamar y que implicará un cobro a plazos.
De acuerdo con la Agencia Tributaria, el cambio, que estaba incluido en una de las disposiciones finales de la Ley del Impuesto Complementario para las Multinacionales publicada el pasado 20 de diciembre, implica que los pensionistas tendrán que solicitar cada año la devolución correspondiente a un ejercicio durante las próximas cuatro campañas de la Renta, hasta la de 2028. Los mutualistas tienen derecho a solicitar la rectificación de las autoliquidaciones del IRPF de todos los ejercicios que no han prescrito, los cuatro últimos, para reducir su base imponible y recibir las devoluciones que le correspondan.
Aunque cada caso es diferente, desde distintas fuentes se señala que las devoluciones pueden superar los 2.000 euros. Fue tal la oleada de reclamaciones que desde la Agencia Tributaria se puso en marcha una forma de trabajo coordinada con la Seguridad Social y otros organismos. Además, el pasado marzo se habilitó en la sede electrónica un sencillo formulario para atender a las devoluciones “con la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos”, decía Hacienda en aquel momento.
La Agencia Tributaria, poco después de eso, decidió dejar sin efecto el formulario de devolución para mutualistas y también las solicitudes de devolución de IRPF que no hubieran sido resueltas antes del 22 de diciembre pasado.