El Ayuntamiento de València, a instancias de la Concejalía de Participación y Acción Vecinal, ha dado el visto bueno a la convocatoria de ayudas destinadas a entidades vecinales. La principal función de esta subvención supone presentar un apoyo económico directo para que los vecinos puedan afrontar sus gastos corrientes para el año 2025 que ascienden a 80.000 euros, según ha informado el consistorio en un comunicado.
Estas subvenciones municipales se puede adquirir de manera compatible con aquellas que ha sido otorgadas por cualquier administración pública, incluido el Ayuntamiento de València. Sin embargo, se tiene que tener en cuenta que siempre deben ir destinadas al mismo gasto.
Tal como expresan las bases de la convocatoria, el principal objetivo es presentar soporte económico a las entidades vecinales radicadas en la ciudad, para que puedan cubrir todos aquellos gastos corrientes que se derivan de las actuaciones de mantenimiento y gestión de su actividad, así como reforzar su capacidad de organización para que lleven a cabo su trabajo de la mejor manera posible. Las actividades vecinales, por desgracia, en muchas ocasiones requieren de una cuantía económica que puede ser compleja de obtener, por consiguiente, continúe leyendo para conocer todos los datos y la información al completo.
¿Quiénes y cuándo pueden ser beneficiarios de esta ayuda?
De estas ayudas municipales, la cuales han sido aprobadas por la Junta Gobierno Local, pueden ser beneficiarse de ellas aquellas asociaciones vecinales del municipio de València que se encuentren en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.
El plazo de inicio de la presentación de solicitudes se abrirá el 1 de septiembre y finalizará el 30 de septiembre de 2025, los dos inclusive, para que de esta manera las entidades solicitantes puedan tener la oportunidad de presentar las facturas que se comprenden desde el 1 de octubre de 2024. La cantidad máxima que pueden ser beneficiarios cada asociación se encuentra entre los 2.000 y los 3.000 euros, en función de si tienen gastos por el alquiler del local de su sede social. Este último punto es relevante para poder medir la cuantía que finalmente se recibe.
Estas subvenciones de carácter son compatibles con las otorgadas por cualquiera administración pública, incluido el Ayuntamiento de València, siempre que sean destinadas al respectivo gasto. Tal como se exponen las bases de la convocatoria, el propósito es otorgar una ayuda de carácter económico a las entidades vecinales radicadas en la ciudad, para que puedan sufragar “los gastos corrientes derivados de las actuaciones de mantenimiento y gestión de su actividad, así como reforzar su capacidad de organización para que desarrollen mejor su trabajo”.
Qué suponen los gastos subvencionables
Los gastos subvencionables serán los gastos corrientes que han sido causado a raíz del mantenimiento de locales, suministro de servicios básicos (limpieza, electricidad, teléfono, internet), material fungible de oficina, ediciones genéricas de imprenta o publicidad, mantenimiento de equipos informáticos, páginas web, seguros, gestorías, asesorías, cuotas de federaciones o coordinadoras y todos aquellos que resulten necesarios o convenientes para el desarrollo de su actividad.
La convocatoria será publicada con la respectiva antelación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), en la web municipal y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El personal técnico del Servicio de Descentralización y Participación Ciudadana ha presentado el número de teléfono 96 208 25 37 y el email secdescentralizacion@valencia.es para ayudar a las entidades interesadas ante cualquier duda o pregunta relacionada con el procedimiento.
Realización de la solicitud en línea con firma digital
Se puede iniciar la solicitud en línea de esta ayuda pulsando el botón iniciar trámite situado al inicio de esta página web. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma. En el caso de que la solicitud se lleve a cabo en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá emplearse la opción “Soy la persona interesada”, y adjuntar la solicitud junto con los documentos requeridos para la realización del trámite.