Es oficial: la DGT puede multarte con 200 euros si no prestas atención a este importante componente del coche

Cuando evaluamos la seguridad de nuestro coche, el parabrisas no es uno de los elementos que nos vienen a la cabeza. Pero ojo, resulta esencial. Su estado no determina solamente la visibilidad que tendremos al volante, sino que en los vehículos más modernos ha pasado a alojar los sistemas de seguridad ADAS. Por tanto, es el momento de preocuparse más por ellos si no queremos que los agentes de tráfico puedan sancionarnos por el estado de los parabrisas, cuyo motivo principal de sanción por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT) está relacionado con una pobre visibilidad.

La Guardia Civil aumenta la vigilancia sobre los coches

El Reglamento General de Circulación señala que “la superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule” y añade que “el conductor que dé un vehículo está obligado a mantener el campo necesario de visión”.

Además, hay que recordar que, según establece la Ley de Seguridad Vial, la situaciones en las que un coche presente “deficiencias que constituyan un riesgo específicamente grave para la seguridad vial”, por ejemplo un parabrisas roto, pueden justificar la inmovilización del vehículo por parte de los agentes de tráfico. Hay una serie de faltas que acarrean una sanción de hasta 200 euros, aunque sin pérdida de puntos:

  • Circular con el parabrisas y cristal roto, dificultando la visibilidad.
  • Conducir con el parabrisas o cristales cubiertos de suciedad o hielo, impidiendo ver la de manera correcta.
  • Circular con láminas, adhesivos, cortinillas y otros elementos no autorizados en los cristales que entorpezcan la visibilidad.
  • Conducir con un soporte de teléfono móvil adherido al parabrisas, en un lugar en el que se obstaculice la visibilidad.
  • El uso incorrecto de vidrios tintados o laminados.
  • El uso de vidrios tintados o coloreados que no están homologados.
  • Colocar vidrios tintados o coloreados en las ventanillas delanteras, salvo en los casos de personas que sufran lupus u otra afección que aumenten la sensibilidad al sol, o so se trata de vehículos oficiales o de usuarios protegidos.

A todo esto, hay que añadir que llevar la escobilla de los limpiaparabrisas en mal estado puedo acarrear una multa de 80 euros y en casos de fuertes lluvias el funcionamiento inadecuado puede tener la misma sanción.

Una medida de la DGT que genera un gran revuelo

Desde la Dirección General de Tráfico se ha puesto en marcha una medida que está causando un gran debate entre los conductores, pues desde el organismo de tráfico se puede multar con hasta 200 euros por algo que suele ser muy común cuando una persona acude con su coche a un aparcamiento de un supermercado: dejar la bolsa apoyada en el suelo para organizar el maletero. Aunque muchos consideran que no es nada peligroso, desde la DGT han calificado este comportamiento como una conducta sancionable de acuerdo al Reglamento General de Circulación.

El motivo de la sanción es que, según recoge el artículo 12, punto 2, del Reglamento General de Circulación está prohibido arrojar, depositar o abandonar objetos en la vía pública que puedan obstaculizar la circulación o ponerla en peligro. Por tanto, aunque el vehículo se encuentre dentro del aparcamiento de un supermercado, puede generar molestias al resto de conductores y afectar a sus maniobras.

La multa económica por esta infracción varía dependiendo del caso, pero en la mayoría de las ocasiones ronda los 80 euros, al ser considerada como falta leve. Si se cree que hay peligros adicionales, por ejemplo la carga mal colocada en el interior del propio vehículo, la cantidad a pagar puede ascender a los 200 euros.