El BOE lo confirma: amplían la lista de enfermedades que permiten jubilarse antes por discapacidad en España

Todas aquellas personas residentes en España y que tenga una discapacidad han visto como tanta lucha ha tenido su recompensa. El Gobierno liderado por Pedro Sánchez, a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, bajo la tutela de Elma Saiz, va a regular el proceso para ampliar el catálogo de discapacidad que da acceso a la jubilación anticipada, tal y como queda recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En mayo de 2023, hace ahora dos años, el Consejo de Ministros, mediante un Real Decreto, mejoró el acceso a la jubilación anticipada para las personas con una discapacidad superior al 45%. Para este colectivo se reducen los años de cotización exigidos de 15 a 5 años desde el diagnóstico de la discapacidad.

A esto hay que añadir que se incluía en nuevo procedimiento, más ágil y sencillo para actualizar el listado de patologías, de forma que se podrá modificar de manera periódica mediante orden ministerial del Ministerio. Pero, como han denunciado varias asociaciones, esto todavía no se había llevado a cabo.

El Gobierno regulará el proceso que da acceso a la jubilación anticipada

Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se aprobó la orden que regula el procedimiento para utilizar y ampliar el listado de discapacidad, patologías y enfermedades que da acceso a la jubilación anticipada. El propio BOE ha indicado que el objeto de esta nueva orden pasa por regular el procedimiento de inclusión de nuevas patologías generadoras de discapacidad en cuanto a la anticipación de la jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45%.

También recoge en su nueva publicación que la Ley General de la Seguridad Social, la edad mínima de acceso a la pensión de jubilación puede ser reducida en el caso de personas con discapacidad en un grado igual o superior al 65%, o también un grado igual o superior al 45%. En este último supuesto, siempre se debe tratar de patologías que impliquen una reducción significativa de la esperanza de vida.

Por tanto, ahora se va a trabajar en la “constante detección de nuevas patologías”, sobre todo cuando se refieran a enfermedades denominadas como raras. Así, lejos de recoger una lista cerrada, la misma será susceptible de ser ampliada con otras nueva que son generadoras de discapacidad.

En la normativa se indica que la legitimación para solicitar la inclusión de una nueva patología corresponde en exclusiva a las asociaciones, fundaciones u otras organizaciones representativas de colectivos que están afectados pro la misma.

El listado actual de patologías

En estos momentos, el listado de patologías que existe para poder acceder a la jubilación anticipada por discapacidad fue aprobado en mayo de 2023. Las que están contempladas a día de hoy son:

  • Discapacidad intelectual
  • Parálisis cerebral
  • Anomalías genéticas: Síndrome de Down, Síndrome de Prader Willi, Síndrome X frágil, Osteogénesis imperfecta, Acondroplasia, Fibrosis Quística y Enfermedad de Wilson.
  • Trastornos del espectro autista
  • Anomalías congénitas secundarias a Talidomida.
  • Secuelas de polio o síndrome postpolio.
  • Daño cerebral (adquirido): traumatismo craneoencefálico, secuelas de tumores del sistema nervioso central, infecciones o intoxicaciones.
  • Enfermedad mental: esquizofrenia o trastorno bipolar.
  • Enfermedad neurológica: esclerosis lateral amiotrófica, esclerosis múltiple, Leucodistrofias, síndrome de Tourette y lesión medular traumática.

Desde estos momentos habrá que estar atentos a los modificaciones que se vayan haciendo, pues desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se puede cambiar el listado e incluir alguna nueva patología para poder acceder a una jubilación anticipada ocasionada por una discapacidad.