Desde que arrancó el nuevo año, 2025, han sido muchos los cambios que la Seguridad Social ha realizado respecto a la jubilación en nuestro país, tanto en el acceso a la misa como en el método de cálculo de la cifra a percibir. Las últimas reformas que ha llevado a cabo el Gobierno de la nación, la consecuencia es que cada año será necesario contar con más años trabajadores y cotizar más para tener la posibilidad de cobrar el 100% de la jubilación.
En este sentido, la Seguridad Social ha querido dejar claro que cotizar más no conlleva que se cobre la pensión máxima, ya esto dependerá de la base reguladora. Es decir, una persona puede haber trabajado durante 50 largos años y no cobrar lo máximo, pues su base reguladora es baja.
La diferencia entre el 100% y la pensión máxima
Cuando se habla de jubilación hay que tener claro que no es lo mismo el cobrar el 100% de la pensión que corresponde a una persona que cobrar la pensión máxima, porque son dos conceptos totalmente diferentes. El primero, cobrar el 100%, es que una persona cobra el total de la pensión que le corresponde como trabajador y de acuerdo a su base reguladora. Aunque se tanga derecho al 100% de esa base reguladora, la pensión final nunca podrán superar la pensión máxima fijada por ley.
En cuanto al término de pensión máxima, se hace referencia al tope legal que puede recibir una persona, ya sea con una sola pensión o cobrando varias pensiones no contributivas al mismo tiempo. Ese límite no se puede superar, salvo si se percibe el complemento por brecha de género.
Los requisitos de la Seguridad Social para recibir la pensión máxima
Para que una pueda optar a cobrar la pensión máxima de jubilación, la misma tiene que cumplir con dos requisitos clave. Estos son:
- Haber alcanzado la edad de jubilación.
- Tener una base reguladora mínima. En función de esta base reguladora, será necesario tener más o menos años de cotización.
En este 2025, la edad ordinaria de jubilación se sitúa en los 66 años y 8 meses o en los 65 años, si se ha llegado a cotizar al menos 38 años y 3 meses. Por tanto, será necesario cumplir con esa edad ordinaria, ya que si una persona adelanta su retiro, se aplicarían recortes sobre la cuantía a recibir.
También es importante tener en cuenta una base reguladora mínima, que será mayor o menor en función de los años y de los meses que se hayan cotizado. En la Seguridad Social se toma como referencia de las 300 últimas bases de cotización, los últimos 25 años trabajados, y el resultado de la base reguladora según explica la Seguridad Social.
De esta manera, si quisiéramos cobrar la pensión máxima necesitamos tener una base reguladora mínima que sea de 3.812,20 euros (3.812,20 x 300 / 350 = 3.267,60). Esto, siempre y cuando se tuviera el acceso al 100%, si se hubiesen cotizado al menos 36 años y 6 meses en total. Esto último se debe a que desde la Seguridad Social se aplica un porcentaje según los años cotizados. Cuanto más años, mayor será el porcentaje aplicado sobre la base reguladora. Este porcentaje oscila entre el 50% con 15 años de cotización hasta el 100%, con los 36 años y 6 meses o más.
Por tanto, no importa los años que una persona haya cotizado. Puede haberlo hecho durante 50 años, pero si su base reguladora es baja no tendría derecho a la pensión máxima. Es necesario tener una base reguladora mínima y una mínimo de años cotizados.